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Documento BORME-C-2022-3299

ESECETANGER, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ES TANGER 36, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 97, páginas 4057 a 4057 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-3299

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la sociedad de nacionalidad española ESECETANGER, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), sociedad que, a su vez, está íntegramente participada por la sociedad de nacionalidad española ES TANGER 36, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), ha decidido el día 9 de mayo de 2022 aprobar la fusión por absorción inversa de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, con extinción y sin liquidación de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente (la "Fusión").

Igualmente, se hace constar que, al pertenecer de forma directa a la Sociedad Absorbida la totalidad de las participaciones de la Sociedad Absorbente, la Fusión se lleva a cabo sin ampliación de capital de la Sociedad Absorbente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la LME por remisión del artículo 52 de la LME.

Asimismo, resulta de aplicación el artículo 42 de la LME, que exime la publicación y depósito previo del proyecto de fusión, teniendo en cuenta que la decisión ha sido adoptada por los socios únicos de la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida, respectivamente. En consecuencia, no son de aplicación las normas relativas a la información sobre la fusión previstas en el artículo 39 de la LME y en los apartados 1 y 2 del artículo 40 de la LME.

Por último, en cumplimiento con los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la Fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la Fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de este acuerdo de fusión.

En Barcelona, 18 de mayo de 2022.- D. Jorge Regúlez Pérez, D. Daniel Benítez Parra y D. José Manuel Nogales Caro, todos ellos a su vez, consejeros de Es Tanger 36, S.L.U. y Esecetanger, S.L.U.

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