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Documento BORME-C-2022-4811

STANDARD HIDRÁULICA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HIDROSTANDARD DEL MEDITERRÁNEO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 5845 a 5845 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-4811

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el Socio Único de Standard Hidráulica, S.A.U. ha aprobado con fecha 30 de junio de 2022, la fusión de dicha sociedad con Hidrostandard del Mediterráneo, S.L.U., mediante la absorción por Standard Hidráulica, S.A.U. de Hidrostandard del Mediterráneo, S.L.U.

Se hace constar que en virtud de lo dispuesto en el artículo 49 y del 52 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles no es necesario que la Junta general de la Sociedad absorbida apruebe la fusión, al estar íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio. La Sociedad absorbida se disuelve sin liquidación y transmite en bloque su patrimonio a la Sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal sus derechos y obligaciones. El acuerdo de fusión se ha adoptado en base al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil del domicilio social de las sociedades participantes en la fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de la fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.

Barcelona, 30 de junio de 2022.- Los Administradores Mancomunados de Standard Hidráulica, S.A.U. y de Hidrostandard del Mediterráneo, S.L.U., D. Francisco de Borja de la Cruz de Parias Mora-Figueroa y D. Jaume Llacuna Creixell.

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