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Documento BORME-C-2022-6482

CONTENEDORES ORTIZ, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA)
DESGUACE DE VEHÍCULOS ORTIZ, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 195, páginas 7775 a 7775 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6482

TEXTO

Anuncio de escisión parcial simplificada.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantil (LME), por remisión del artículo 73 de la misma Ley, se hace público que la totalidad de los socios de la sociedad Contenedores Ortiz, S.L., en fecha 1 de octubre de 2022, han aprobado en Junta General la escisión parcial de la Sociedad Escindida a favor de la sociedad de nueva creación Desguace de vehículos Ortiz, S.L. (Sociedad Beneficiaria).

La escisión parcial implicará la transmisión en bloque, por sucesión universal, de la parte de patrimonio que constituye la rama de actividad referente al negocio de desguace de vehículos a motor, comprendiendo la descontaminación de estos, la gestión de residuos generados y la comercialización de sus piezas como usadas, la compraventa de vehículos de segunda mano, y el taller de reparación de vehículos, de la Sociedad Escindida a favor de la Sociedad beneficiaria, en los términos del proyecto de escisión parcial suscrito por los administradores solidarios de la Sociedad Escindida, sin que dicha sociedad se extinga como consecuencia de la escisión.

A la operación de escisión parcial proyectada, resulta de aplicación el régimen simplificado, al estar la Sociedad parcialmente escindida y la Sociedad Beneficiaria íntegramente participadas por los mismos socios, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 bis de la LME, no es necesario el informe de expertos independientes, ni el informe de los administradores, ni el balance de escisión. No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el listado de elementos de activo y pasivo que componen la unidad económica relativa a la actividad de la sociedad beneficiaria de nueva creación.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 LME, tampoco procede el depósito previo de los documentos exigidos por la Ley. Se hace constar la puesta a disposición de los socios y trabajadores de la Sociedad Escindida de la documentación prevista en el artículo 39 LME.

Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste los socios y acreedores de la Sociedad Escindida, de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado. Asimismo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44 LME, se hace constar el derecho de oposición a la escisión parcial que asiste a los acreedores de la referida sociedad con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del presente anuncio.

L'Olleria, 5 de octubre de 2022.- Administradores solidarios, José Francisco Ortiz Oviedo, Juan Miguel Ortiz Oviedo, Juan José Ortiz Bleda.

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