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Documento BORME-C-2023-1242

DUKES ROAD, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
RAVIOXO MADRID, S.L.U.
STREETXO MADRID, S.L.U.
GOXO FOOD SERVICES, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 63, páginas 1563 a 1563 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-1242

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), por remisión del artículo 73 de la LME, se hace público que el Socio Único común tanto de la mercantil DUKES ROAD, S.L.U. (la "Sociedad Escindida"), como de las mercantiles (i) RAVIOXO MADRID, S.L.U.; (ii) STREETXO MADRID, S.L.U.; y (iii) GOXO FOOD SERVICES, S.L.U. (las "Sociedades Beneficiarias") ejerciendo las competencias de la Junta General (según lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital) de la Sociedad Escindida y de las Sociedades Beneficiarias, acordó con fecha 15 de marzo de 2023 la escisión parcial sin extinción de la Sociedad Escindida a favor de las tres Sociedades Beneficiarias, mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de tres ramas de actividad perfectamente identificadas de su patrimonio, todas y cada una de las cuales forman unidades económicas independientes, todo ello en los términos establecidos en el proyecto común de escisión, formulado y suscrito con fecha 31 de enero de 2023 por los órganos de administración de la Sociedad Escindida y las Sociedades Beneficiarias.

Se hace constar que, en la medida en que la Sociedad Escindida y las Sociedades Beneficiarias están íntegramente participadas por el mismo socio único resulta de aplicación la presente escisión el régimen simplificado previsto en el artículo 49 de la LME, por remisión a los artículos 52 y 73 de la LME, por lo que se ha omitido la inclusión en el proyecto de escisión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la LME, los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de escisión y el aumento de capital de las Sociedades Beneficiarias.

El proyecto común de escisión parcial fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 24 de febrero de 2023, constando dicho depósito en las correspondientes notas al margen de cada de la Sociedad Escindida y de las Sociedades Beneficiarias.

En cumplimiento con los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la presente escisión parcial a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y del balance de escisión, así como el derecho que les corresponde de oponerse a la escisión parcial en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de la presente escisión.

Madrid, 16 de marzo de 2023.- El administrador único de Dukes Road, S.L.U., Ravioxo Madrid, S.L.U., Streetxo Madrid, S.L.U. y Goxo Food Services, S.L.U, David Muñoz Rosillo.

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