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Documento BORME-C-2023-1925

INOX TORRES, S.L.U. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
INVERSIONES EMPRESARIALES MARTINEZ 2005, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 82, páginas 2402 a 2402 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-1925

TEXTO

Anuncio de escisión

En cumplimiento de las previsiones contenidas en el artículo 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), en relación con el artículo 43 de la misma, se hace público que con fecha 19 de abril de 2023, el socio único de la sociedad "Inox Torres, S.L.U." (Sociedad parcialmente escindida) y la Junta General y Universal de la sociedad "Inversiones Empresariales Martinez 2005, S.L." (Sociedad Beneficiaria), han aprobado por unanimidad la escisión parcial sin extinción de la sociedad "Inox Torres, S.L.", a favor de la Sociedad Beneficiaria de dicha escisión, todo ello en los términos y condiciones del proyecto común de escisión suscrito por el órgano de administración de las sociedades intervinientes.

La escisión parcial implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, a favor de la Sociedad Beneficiaria, de la parte del patrimonio de la Sociedad parcialmente escindida consistente en las participaciones sociales de la sociedad Aguilarsalastorres, S.L., dedicada a la actividad de diseño y fabricación de equipos de precisión en aceros inoxidables, aleaciones especiales y titanio, así como la fabricación de equipamiento de alta tecnología para la industria siderometalúrgica y energía, constitutiva de una unidad económica.

Asimismo, con motivo de la escisión parcial aprobada, la Sociedad parcialmente escindida verá reducidos sus fondos propios, sin necesidad de reducir su capital social.

En virtud del artículo 42 de la LME, al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de las sociedades que participan en la escisión, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión ni es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 42, 73 y 78 de la citada Ley.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

Zaragoza, 20 de abril de 2023.- Don Juan Martínez Torres, Administrador solidario de Inox Torres, S.L.U. y de Inversiones Empresariales Martinez 2005, S.L., y Don Vladimir Martínez Torres, Administrador solidario de Inox Torres, S.L.U. y de Inversiones Empresariales Martinez 2005, S.L, .

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