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Documento BORME-C-2023-3473

ALIER, S.A (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
PUMA VOLT, S.L (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 98, páginas 4303 a 4303 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-3473

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, LME), se hace público que en la sesión de Junta General Ordinaria y Extraordinaria con carácter de Universal de la mercantil Alier S.A. (sociedad parcialmente Escindida), celebrada el 23 de mayo de 2023, se acordó unánimemente la escisión parcial sin extinción de Alier S.A., mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio a favor de la sociedad Beneficiaria, de nueva creación, denominada Puma Volt S.L., la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo ésta por sucesión a título universal los derechos y obligaciones del patrimonio escindido, adjudicándose sus participaciones sociales a los socios de la sociedad Escindida en la misma proporción y derechos a los que actualmente ostentan en el capital social de la sociedad Escindida.

En el acuerdo de escisión parcial adoptado consta el detalle de los elementos del activo y pasivo que componen el patrimonio escindido que se transmite a la sociedad Beneficiaria, Puma Volt S.L., y que constituye una unidad económica autónoma.

Al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial mediante acuerdo unánime de los socios en sesión de Junta Ordinaria, Extraordinaria y Universal de la sociedad Escindida, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42, 73 y 78 bis de la LME, no es necesario informe de administradores sobre el Proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.

Asimismo, como consecuencia de la escisión parcial, Alier S.A reducirá sus reservas voluntarias.

Por último, en virtud de lo establecido en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente:

- el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado.

- el derecho de dichos acreedores a oponerse a la escisión parcial en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial.

Barcelona, 23 de mayo de 2023.- El Presidente del Consejo de Administración de Alier S.A, Dña. Elisabet Alier Benages.

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