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Documento BORME-C-2023-4111

COPI, SA.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
PROYECTOS Y MATERIALES COPI, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 113, páginas 5040 a 5040 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4111

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades Mercantiles (LME), se hace público que las Juntas Generales extraordinarias y universales de socios de las sociedades COPI, SA. y PROYECTOS Y MATERIALES COPI, S.L, celebradas el día 29 de mayo de 2023, acordaron, por unanimidad, la escisión parcial de la sociedad COPI, SA., a favor de las sociedad PROYECTOS Y MATERIALES COPI, S.L, que recibirá en bloque, por sucesión universal, una parte del patrimonio de la sociedad escindida, que constituye rama de actividad.

Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad escindida COPI, SA. procederá a reducir el capital social en la cifra de ciento sesenta y ocho mil ciento cincuenta euros (168.150,00€) mediante la reducción del valor nominal de todas las acciones en la cifra de tres euros con cincuenta y cuatro céntimos (3,54€) y las reservas voluntarias en la cifra de quinientos sesenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta euros (565.450,00€).

Simultáneamente, la sociedad beneficiaria PROYECTOS Y MATERIALES COPI, S.L. procederá a aumentar el capital social en la cifra de ciento sesenta y ocho mil ciento cincuenta euros (168.150,00€), mediante la emisión de 168.150 nuevas participaciones de un euro (1,00€) de valor nominal cada una de ellas, con una prima de emisión por importe total de quinientos sesenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta euros (565.450,00€) equivalente a 3,362771 euros por cada participación social.

El acuerdo de escisión parcial se ha adoptado en las correspondientes Juntas universales y con el acuerdo unánime de todos los socios de ambas sociedades, habiendo depositado con fecha 21 de abril de 2023 el Proyecto de Escisión Común en el Registro Mercantil de Toledo.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado y del balance de escisión, igualmente se hace constar la puesta a disposición de los socios y trabajadores de los documentos a que hace referencia el artículo 49 LME.

Así mismo, los socios y acreedores de las sociedades que participan en la escisión cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de escisión parcial, podrán oponerse a la misma dentro del plazo de un mes, a contar desde la última publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial, en los términos previsto en los artículos 43 y 44 LME.

Noblejas (Toledo), 29 de mayo de 2023.- Administradoras solidarias, Fdo. M. Carmen Alonso Díaz-Regañón y Nuria Diaz- Regañón Morales.

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