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Documento BORME-C-2023-4112

DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES AZOR, S.L.U. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) - AZOR ARRENDAMIENTOS, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA EN CONSTITUCIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 113, páginas 5041 a 5041 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4112

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de partícipes de DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES AZOR, S.L.U., celebrada con carácter de universal el día 3 de enero de 2023, se aprobó, por unanimidad y por decisión del socio único la escisión parcial de la rama de actividad de arrendamiento de bienes inmuebles que se venía desarrollando en la sociedad escindida parcialmente de forma autónoma, aportando dicha rama de actividad a la sociedad beneficiaria, la cual adquiere por sucesión a título universal los derechos y obligaciones derivados de la rama de actividad escindida.

El acuerdo de escisión parcial se ha adoptado con base en el Proyecto de Escisión Parcial de Rama de Actividad formulado por el órgano de administración de la sociedad escindida y aprobado por Junta General Extraordinaria y universal, de forma unánime, por decisión del socio único con fecha de 3 de enero de 2023, sirviendo de base el balance cerrado a 31 de diciembre de 2022, aprobado igualmente de forma unánime por la citada Junta General Extraordinaria y universal. En el acuerdo de escisión parcial adoptado y conforme al proyecto, consta el detalle de los elementos del activo y pasivo que componen la rama de actividad escindida que se transmiten a AZOR ARRENDAMIENTOS, S.L.U. y que constituye una unidad económica autónoma.

Al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial mediante decisión del socio único, esto es, por unanimidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 42, 73 y 78 bis LME no es necesario informe de Administradores sobre el Proyecto de Escisión Parcial de Rama de Actividad ni informe de expertos independientes, así como tampoco balance de escisión. Asimismo, como consecuencia de la escisión parcial DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES AZOR, S.L.U., reduce su capital social y sus reservas voluntarias en la cuantía necesaria y, a su vez, AZOR ARRENDAMIENTOS, S.L.U., aporta dicho capital reducido para constitución de la sociedad a capital social, como consecuencia de ello, se atribuyen participaciones proporcionales cuantitativas y cualitativamente al socio único de la sociedad escindida parcialmente en la proporción en que participa en ésta.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la Escisión Parcial, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado así como el resto de la documentación mencionada en el citado precepto cuya emisión resultase legalmente precisa. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que intervienen en la operación de Escisión parcial de rama de actividad de oponerse a la misma durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 44 LME.

En Granada, 15 de febrero de 2023.- Administrador único, Manuel Azor García.

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