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Documento BORME-C-2023-4530

MOBILITY AUTOCENTRO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MERBAUTO S.A.U.
MOTOR MECHA, S.A.U
CITY CAR SUR, S.A.U
SANTOGAL MOTOR, S.L.U.
ITARSA NORTE S.L.U.
ITARSA SERVICIOS S.A.U
ITRA INDUSTRIA TÉCNICA REPARACIÓN DE AUTOMÓVILES S.L.U
INDUSTRIA TÉCNICA DE AUTOMOCIÓN Y REPUESTOS S.L.U
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 126, páginas 5531 a 5532 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4530

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, "LME"), se hace constar que con fecha 29 de junio de 2023 la Junta General Universal Ordinaria y Extraordinaria de la mercantil MOBILITY AUTOCENTRO, S.L., adoptó el siguiente acuerdo: aprobar la fusión por absorción de MERBAUTO S.A.U., MOTOR MECHA, S.A.U, CITY CAR SUR, S.A.U, SANTOGAL MOTOR, S.L.U., ITARSA NORTE S.L.U., ITARSA SERVICIOS S.A.U, ITRA INDUSTRIA TÉCNICA REPARACIÓN DE AUTOMÓVILES S.L.U, y INDUSTRIA TÉCNICA DE AUTOMOCIÓN Y REPUESTOS S.L.U (como Sociedades Absorbidas) por parte de MOBILITY AUTOCENTRO, S.L. (como Sociedad Absorbente), mediante la disolución y extinción sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá por sucesión universal subrogándose en todos los derechos y obligaciones que componen los patrimonios de las Sociedades Absorbidas todo ello en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto de Fusión formulado y firmado por órgano de administración de cada una de las sociedades implicadas con fecha 12 de mayo de 2023 (el "Proyecto de Fusión").

Las Sociedades Absorbidas son sociedades unipersonales, siendo la Sociedad Absorbente titular de forma directa de todas las acciones y participaciones sociales en el que se dividen los capitales sociales, de forma que, en la citada operación de Fusión aplica lo dispuesto en el artículo 49 LME.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42 de la LME, la operación de fusión no requiere la publicación ni depósito de los documentos exigidos por la ley, ni del informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión. Sin embargo, a los efectos de dar la máxima publicidad, se hace constar que se ha procedido a depositar, voluntariamente, el Proyecto de Fusión en el Registro Mercantil con fecha 16 de mayo de 2023, habiéndose realizado la correspondiente publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil con fecha 25 de mayo de 2023.

También se hace constar expresamente el derecho que, en virtud del artículo 43 de la LME, asiste a los socios de las sociedades implicadas en la operación descrita anteriormente, así como a los acreedores de éstas de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión.

Asimismo, se informa a los acreedores de cada una de las sociedades implicadas en la operación de fusión, que podrán oponerse a la misma en el plazo y en los términos del artículo 44 de la LME.

Igualmente, se comunica el derecho que corresponde a todos los socios, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes de la Fusión a examinar en el domicilio social copia de los documentos a que hace referencia el artículo 39 de la LME, así como de obtener la entrega o el envío gratuito de los mismos.

Madrid, 30 de junio de 2023.- Secretario del Consejo de Administración de Mobility Autocentro SL, Eduardo Velasco Cabredo.

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