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Documento BORME-C-2023-5982

RADIO PENTAGRAMA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
RADIODIFUSIÓN SORIANA, S.A.
RADIOSISTEMAS, S.A.
RADIO SINFONIA, S.A.
SERVICIOS INFORMATIVOS DEL MEDITERRÁNEO, S.A.
RADIO Y TECNOLOGÍA, S.A.
ONDAS CATELLANO LEONESAS, S.A.
RADIODIFUSIÓN LEONESA, S.A.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 190, páginas 7185 a 7185 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-5982

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 del 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Radio Pentagrama, S.A. (la "sociedad absorbente") y de Radiodifusión Soriana, S.A. Radiosistemas, S.A., Radio Sinfonía, S.A., Servicios Informativos del Mediterráneo, S.A., Radio y Tecnología, S.A., Ondas Castellano Leonesas, S.A. y Radiodifusión Leonesa, S.A. (las "sociedades absorbidas") han aprobado con fecha 12 de septiembre de 2023 la fusión por absorción de dichas sociedades mediante la absorción por la sociedad absorbente de las siete sociedades absorbidas. Las sociedades absorbidas se disuelven sin liquidación y transmiten en bloque su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones.

El acuerdo de fusión se ha adoptado en base al Proyecto Común de Fusión aprobado por el Administrador único de cada una de las sociedades que participan en la fusión con fecha 15 de junio de 2023.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente el Proyecto Común de Fusión y sin informe de los administradores sobre el mismo, al haberse adoptado por unanimidad por la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de cada una de las sociedades participantes.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que son parte en las operaciones de fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades que participan en la fusión cuyo crédito a haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de fusión, podrán oponerse a la fusión, dentro del plazo de un mes, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Pozuelo de Alarcón (Madrid), 28 de septiembre de 2023.- El Administrador único de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas, Blas Herrero Fernández.

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