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Documento BORME-C-2023-6085

PENTA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CRUZ DEL SUR 7, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 195, páginas 7309 a 7309 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-6085

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME") se hace público que en sede de las Decisiones del Accionista Único de Penta, S.A.U. (en adelante la "Sociedad Absorbente") y de la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Cruz del Sur, 7 S.L. (en adelante la "Sociedad Absorbida") respectivamente, con fecha 30 de junio de 2023, se acordó la decisión unánime de aprobar la fusión por absorción de la sociedad Cruz del Sur 7, S.L., por parte de Penta, S.A.U., con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de la Sociedad Absorbida, que se extinguirá, mediante la disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la Sociedad Absorbente, todo ello en los términos del proyecto común de fusión suscrito el 30 de junio de 2023 por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión y que fue aprobado por el Socio Único de la Sociedad Absorbente y por la Junta General Extraordinaria y Universal de la Sociedad Absorbida.

La fusión tiene carácter de especial, al tratarse de una fusión "inversa", dado que la Sociedad Absorbida es titular de forma directa del 100% de las acciones de la Sociedad Absorbente, resultando de aplicación el régimen especial contemplado en el artículo 49 por remisión del artículo 52.1 de la LME.

Con fecha 30 de junio de 2023, se aprobaron el Proyecto Común de Fusión, los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2022, así como el citado acuerdo de fusión. De conformidad con lo previsto en el Artículo 42.1 de la LME, no ha sido necesaria la publicación o depósito previo de aquellos documentos exigidos por la LME.

De conformidad con los artículos 43 y 44 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición de los acreedores a la fusión, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de los acuerdos de fusión.

Madrid a, 9 de octubre de 2023.- El Administrador Único de Cruz del Sur, 7, S.L., y de Penta, S.A.U, D. Felipe Muñoz Moreno.

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