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Documento BORME-C-2023-6364

BARSEDANA INVERSIONS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) Y
VALGRAM NORDIC, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 7637 a 7637 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-6364

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que, el 30 de Junio de 2023, la Junta General Ordinaria Extraordinaria y Universal de la mercantil Barsedana Inversions, S.L., con CIF B-63.355.689 (sociedad absorbente), y el Socio único de Valgram Nordic, S.L., con CIF B-67.158.451 (sociedad absorbida), en ejercicio de sus competencias en Junta General Ordinaria Extraordinaria y Universal, han aprobado por unanimidad una fusión por absorción, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente, sin que se produzca ningún aumento de capital en la sociedad absorbente al tratarse de un supuesto de fusión impropia, donde la sociedad absorbida se encuentra participada al 100% por la sociedad absorbente siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 49 de la LME para la absorción de sociedades íntegramente participadas.

El acuerdo y la decisión de fusión han sido adoptados conforme al proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de las dos sociedades, con fecha 30 de junio de 2023, y aprobado (decisión de Socio Único en caso de la sociedad absorbida) por las Juntas Generales de ambas sociedades conforme al artículo 42 de la LME, en la misma fecha 30 de junio de 2023 habiéndose aprobado igualmente los balances específicos de dichas sociedades. Dado que cada una de las sociedades participantes en la fusión aprobó la misma en Junta General y Universal, por unanimidad, (decisión de Socio Único en caso de la sociedad absorbida) de conformidad con lo preceptuado en el artículo 42 de la Ley 3/2009, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009.

Subirats (Barcelona), 6 de octubre de 2023.- Balmore Plus, S.L, Como Secretario del Consejo de Barsedana Inversions, S.L con el Visto Bueno de Fibex Blue, S.L. como Presidente del Consejo de Administración y Albert Sumarroca Claverol como Administrador Solidario de Valgram Nordic, S.L.

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