Está Vd. en

Documento BORME-C-2023-6365

CALDERERÍA Y MONTAJES ULINOX, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CALDERERÍA LANTEGI, S.A.U.
ROLLS, CILINDROS Y RODILLOS INDUSTRIALES, S.L.U.
TALLERES IREBER, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 7638 a 7638 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-6365

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la Sociedad CALDERERÍA Y MONTAJES ULINOX, S.L. ("Sociedad Absorbente"), y el Socio Único de las sociedades CALDERERÍA LANTEGI, S.A.U., ROLLS, CILINDROS Y RODILLOS INDUSTRIALES, S.L.U. y, TALLERES IREBER, S.L.U. ("Sociedades Absorbidas"), en el ejercicio de las competencias atribuidas a la Junta General de Socios, el día 26 de junio de 2023, acordaron la fusión por absorción por la Sociedad Absorbente de las Sociedades Absorbidas, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión redactado y formulado por los respectivos órganos de administración.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente, adquiriendo esta última, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, que quedarán disueltas sin liquidación como consecuencia de la fusión, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en al artículo 42 de la LME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de los administradores sobre aquel.

En cumplimiento con el artículo 43.1 de la LME se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la LME, se hace constar el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión, en los términos previstos en dicho artículo.

Tolosa, 23 de octubre de 2023.- Administrador solidario de Calderería y Montajes Ulinox, S.L., Rolls, cilindros y rodillos industriales, S.L.U., Talleres Ireber, S.L.U. y, el secretario del consejo de administración de Calderería Lantegi, S.A.U, Miguel Mocoroa Bello.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid