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Documento BORME-C-2023-6366

CRISAN BORGES, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
COMPLEJO DE ESPECTACULOS Y DIVERSIONES DIVERTIPARK, S.A.U.,REUS MAS IGLESIAS, S.L.U.,HOTEL REUS PARK, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 7639 a 7639 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-6366

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que (i) el accionista único de Crisan Borges, S.A.U. ("CRISAN"); (ii) el Accionista Único de Complejo de Espectáculos y Diversiones Divertipark, S.A.U. ("Divertipark"); (iii) el Socio Único de Reus Mas Iglesias, S.L.U. ("Mas Iglesias"); y (iv) el Socio Único de Hotel Reus Park, S.L.U. ("Reus Park") han aprobado, con fecha 30 de junio de 2023, la fusión por absorción por parte de Crisan ("Sociedad Absorbente") de las siguientes sociedades, todas ellas participadas directamente al 100 por 100 por Don Antonio Manzano Del Amo: (i) Divertipark; (ii) Mas Iglesias; y (iii) Reus Park ("Sociedades Absorbidas"). En virtud de la fusión acordada, las sociedades Divertipark, Mas Iglesias y Reus Park se extinguirán e integrarán en Crisan, mediante la transmisión en bloque de la totalidad de los patrimonios de las Sociedades Absorbidas a Crisan, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquellas (la "Fusión").

La Fusión ha sido aprobada de conformidad con lo previsto en el Proyecto Común de Fusión por Absorción suscrito por los respectivos órganos de administración de todas las sociedades participantes en la Fusión (Crisan, Divertipark, Mas Iglesias y Reus Park) el 25 de junio de 2023 (el "Proyecto").

El Proyecto incluye las menciones específicas del artículo 31 de la LME que son aplicables, teniendo en cuenta que la Fusión es una operación "especial" a los efectos del artículo 49.1 de la LME, al estar CRISAN y las Sociedades Absorbidas íntegra y directamente participadas por el mismo socio -esto es, Don Antonio Manzano Del Amo-, por lo que será de aplicación por analogía, de conformidad y por remisión del artículo 52.1 de la LME, el régimen simplificado establecido en el artículo 49.1 de la LME.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto -es decir, por los respectivos socios o accionistas únicos de las sociedades participantes-, según prevé el artículo 42 de la LME, por lo que no es necesaria la publicación o el depósito previo del Proyecto. Ello no obstante, el Proyecto y los demás documentos e información a que se refiere el artículo 39 de la LME, se han puesto a disposición de los socios y de los representantes de los trabajadores para su examen en el domicilio social de las sociedades participantes, o se les entregará o enviará gratuitamente a su solicitud.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la Fusión de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de Fusión y de los respectivos balances. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en la Fusión a oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 44 de la LME durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de Fusión.

En Reus (Tarragona), 30 de junio de 2023.- El Administrador único de Crisan Borges, S.A.U., Complejo de Espectáculos y Diversiones Divertipark, S.A.U., Reus Mas Iglesias, S.L.U. y Hotel Reus Park, S.L.U, Don Antonio Manzano Del Amo.

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