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Documento BORME-C-2024-3764

BLUEIT SERVICIOS PROFESIONALES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
B.P.O. IMAGINA OUTSOURCING, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
QARACTER TECNOLOGIA Y OPERACIONES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 117, páginas 4687 a 4687 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-3764

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, la "LME"), se anuncia que el 17 de junio de 2024, la mercantil Qaracter Financial Holding, S.L., el socio único de Blueit Servicios Profesionales, S.L.U., ejerciendo las competencias de la junta general, decidió aprobar la fusión por absorción de las sociedades B.P.O. Imagina Outsourcing, S.L.U. y Qaracter Tecnología y Operaciones, S.L.U. como Sociedades Absorbidas, siendo Blueit Servicios Profesionales, S.L.U. la Sociedad Absorbente. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente, y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, quedando la Sociedad Absorbente como sociedad resultante y con la consiguiente extinción sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y la transmisión en bloque de su patrimonio a la Sociedad Absorbente.

Todo ello de conformidad con el proyecto común de fusión redactado y suscrito por el órgano de administración de las sociedades intervinientes el 30 de abril de 2024 y en base a los balances de fusión de las sociedades intervinientes de fecha 31 de marzo de 2024.

Esta operación es una fusión por absorción de sociedades sometida al régimen del artículo 53 de la LME, por remisión del artículo 56.1 de la LME, al ser la Sociedad Absorbente titular, de forma directa de todas las participaciones de la Sociedad Absorbida B.P.O. Imagina Outsourcing, S.L.U., y por estar la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida Qaracter Tecnología y Operaciones, S.L.U. participadas íntegramente por el mismo socio único. De conformidad con lo anterior, el proceso de integración se realiza sin ampliación del capital social ni relación de canje. Tampoco serán necesarios los informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto común de fusión. Del mismo modo tampoco se requiere la aprobación de la fusión por las juntas generales de las sociedades absorbidas

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a ejercitar los derechos que les reconoce el artículo 13 de la LME durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 17 de junio de 2024.- Administrador único de Blueit Servicios Profesionales, S.L.U. y de B.P.O. Imagina Outsourcing, S.L.U. y administrador solidario de Qaracter Tecnología y Operaciones, S.L.U, D. Enrique Galván Giménez.

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