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Documento BORME-C-2024-4224

MATRIX RENEWABLES HYDROGEN, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

HYREN HIDRORENOVABLE, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 131, páginas 5271 a 5271 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4224

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, "RD-LME") se hace público que, el día 2 de julio de 2024, el socio único de Matrix Renewables Hydrogen, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbente") aprobó la fusión por absorción de la sociedad íntegramente participada por esta, Hyren Hidrorenovable, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbida") sobre la base del proyecto común de fusión redactado y suscrito por el administrador único de ambas sociedades intervinientes en la fusión con fecha 30 de mayo de 2024 (en adelante, el "Proyecto de Fusión").

Se hace constar que la fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime regulado en el artículo 9 RD-LME, por lo que el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, y que la Sociedad Absorbida es una sociedad íntegramente participada de forma directa por Matrix Renewables Hydrogen, S.L.U., por lo que es aplicable a esta fusión el régimen simplificado establecido en el artículo 53 RD-LME.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, del Proyecto de Fusión y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a ejercitar los derechos que les reconoce el artículo 13 de la RD-LME durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

En Madrid, 2 de julio de 2024.- El Administrador Único de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, Don Nicolas Navas Álvarez.

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