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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público que las juntas generales extraordinarias y universales de socios de "Canagrosa Lab&Services, S.L.U." (Sociedad parcialmente escindida) y "Borbolla Spirit, S.L." (Sociedad beneficiaria preexistente) celebradas todas ellas el 29 de julio de 2024 aprobaron, por unanimidad, la escisión parcial de "Canagrosa Lab&Services, S.L.U." en virtud de la cual se escinde de esta última Sociedad, sin provocar su extinción, una parte de su patrimonio social a favor de su socio único, la sociedad "Borbolla Spirit, S.L.", quien adquirirá por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones (activos y pasivos) que conforman la rama de actividad de compra, venta, arrendamiento y explotación de fincas rústicas y urbanas, en los términos y condiciones del Proyecto de Escisión Parcial suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en fecha 28 de junio de 2024.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y trabajadores de las sociedades que intervienen en la escisión parcial, así como de los acreedores y de cualquiera que manifieste su legal derecho, de obtener los textos íntegros de los acuerdos adoptados así como de los balances presentados.
Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en la sección 3ª, del Capítulo II, del RDL 5/2023 durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.
Sevilla, 29 de julio de 2024.- El Consejero Delegado de "Canagrosa Lab&Services, S.L.U" y de "Borbolla Spirit, S.L.", Don Salvador Alarcón de la Lastra Romero.
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