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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se aprueba, entre otros, el régimen jurídico de las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que, con fecha 5 de septiembre de 2024, por la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de Inversiones Agrícolas Vallehermoso, S.L. (sociedad absorbida) y por el socio único de la sociedad Explotaciones Puerto Vallehermoso, S.A. (sociedad unipersonal y sociedad absorbente), se ha acordado, por unanimidad en el caso de la primera de ellas, la fusión inversa de dichas entidades mediante la absorción por Explotaciones Puerto Vallehermoso, S.A. (sociedad unipersonal y sociedad absorbente) de Inversiones Agrícolas Vallehermoso, S.L. (sociedad absorbida), con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que compone su patrimonio a la sociedad absorbente. Se trata de una fusión inversa en que la sociedad absorbida es titular del cien por cien del capital de la sociedad absorbente. Todo ello en los términos y condiciones del Proyecto de fusión inversa suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes.
La operación de fusión inversa proyectada, en la que la sociedad absorbida (Inversiones Agrícolas Vallehermoso, S.L.) es titular del 100% del capital social de la Sociedad Absorbente (Explotaciones Puerto Vallehermoso, S.A.U.) se estructura y se enmarca dentro de los supuestos asimilados a la absorción de sociedades íntegramente participadas recogido en el artículo 56 de la LME, dando lugar a que sea de aplicación el régimen simplificado establecido en el artículo 53.1 de la LME, relativo a la absorción de sociedad íntegramente participada
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades implicadas en las operaciones anteriormente expuestas a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a disposición en el domicilio social de las mismas. Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades implicadas cuentan con el régimen de protección establecido en el artículo 13 LME.
Ciudad Real, 5 de septiembre de 2024.- El Administrador Único de Explotaciones Puerto Vallehermoso, S.A.U. e Inversiones Agrícolas Vallehermoso, S.L, Paul Frederic Mulder Fort.
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