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Documento BORME-C-2024-5704

EUROPUBLIC COMUNICACIÓN SL (SOCIEDAD ABSORBENTE)

BIG EYE CHANNEL SL (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 207, páginas 7043 a 7044 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5704

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante "Real Decreto-ley 5/2023"), se hace público que por acuerdo de la junta general de EUROPUBLIC COMUNICACIÓN S.L., con número N.I.F. B-15611775 ("EUROPUBLIC COMUNICACIÓN" o "Sociedad Absorbente") y por decisión del socio único de BIG EYE CHANNEL, S.L., con número N.I.F. B-70497037 ("BIG EYE CHANNEL" o "Sociedad Absorbida"), se ha adoptado con fecha de 21 de octubre de 2024, la decisión de aprobar la fusión por absorción de BIG EYE CHANNEL, sociedad íntegramente participada por EUROPUBLIC COMUNICACIÓN, en favor de esta última (la "Fusión"). Como consecuencia de la Fusión se producirá la extinción de BIG EYE CHANNELy la transmisión en bloque de su patrimonio social a EUROPUBLIC COMUNICACIÓN, que lo adquirirá por sucesión universal, subrogándose en los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio social.

En adelante, EUROPUBLIC COMUNICACIÓN y BIG EYE CHANNEL serán referidas, conjuntamente, como las "Sociedades Participantes".

Los acuerdos relativos a la Fusión fueron adoptados en los términos que resultan del proyecto de fusión formulado, redactado y suscrito por los órganos de administración de las Sociedades Participantes con fecha de 21 de octubre de 2024 (el "Proyecto de Fusión"). Asimismo, en aplicación de lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, las Sociedades Participantes han adoptado los Acuerdos de Fusión en Junta Universal y por unanimidad, no siendo preciso publicar o depositar los documentos exigidos por la ley, aunque deberán incorporarse a la escritura de modificación estructural, y sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el proyecto de modificación, cuando se adopte por la sociedad o por cada una de las sociedades participantes en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto y, en su caso, de quienes de acuerdo con la ley o los estatutos pudieran ejercer legítimamente ese derecho, respetándose en todo caso los derechos de información expresamente recogidos en el artículo 9.2 del Real Decreto-ley 5/2023.

Se hace constar que, dado que BIG EYE CHANNEL, se encuentra íntegramente participada de forma directa por EUROPUBLIC COMUNICACIÓN, es de aplicación el régimen simplificado previsto en el artículo 53 del Real Decreto-ley 5/2023, no habiendo resultado necesario (i) incluir en el Proyecto de Fusión las menciones relativas al tipo de canje de las acciones o participaciones, a las modalidades de entrega de las acciones o participaciones de la sociedad resultante a los socios de la sociedad o sociedades absorbidas, a la fecha de participación en las ganancias sociales de la sociedad resultante o a cualesquiera peculiaridades relativas a este derecho o a la información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de cada sociedad que se transmite a la sociedad resultante o a las fechas de las cuentas de las sociedades que se fusionan; (ii) los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión: y (iii) el aumento de capital de EUROPUBLIC COMUNICACIÓN.

Se hace constar expresamente el derecho a la protección que asiste a los socios y a todos los acreedores de cualquiera de las Sociedades Participantes en los términos establecidos en los artículos 12, 13, y 14 del Real Decreto-ley 5/2023.

A Coruña, 21 de octubre de 2024.- Administrador solidario, Anxo Manuel Reixa López.

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