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Derechos Fundamentales

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Artículo 13.3 - Extradición

La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de la ley, atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo

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  • Caso Radu.

    Organismo: Tribunal de Justicia de la Unión Europea

    Sentencia: C-396/11  [ECLI:EU:C:2013:39]

    Fecha: 29/01/2013

    Ver original (Referencia C-396/11)

    Comentario

    El Tribunal de Justicia (Gran Sala), después de recordar que la Decisión marco 2002/584 tiene por objeto sustituir el sistema de extradición multilateral entre Estados miembros por un sistema de entrega entre autoridades judiciales de personas condenadas o sospechosas, con fines de ejecución de sentencias o de diligencias, y basado en el principio de reconocimiento mutuo (§ 33), busca acelerar la cooperación judicial de cara a la consecución del objetivo atribuido a la Unión Europea de llegar a ser un espacio de libertad, seguridad y justicia basado en el grado de confianza elevado que debe existir entre los Estados miembros (§ 34).

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