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Caso Laval un Partneri Ltd v. Svenska Byggnadsarbetareförbundet, Svenska Byggnadsarbetareförbundets avdelning 1, Byggettan y Svenska Elektrikerförbundet.
Organismo: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Sentencia: C-341/05 [ECLI:EU:C:2007:809]
Fecha: 18/12/2007
Ver original (Referencia C-341/05)
99. "En el asunto principal, es preciso señalar que el derecho de las organizaciones sindicales de un Estado miembro a adoptar medidas de conflicto colectivo mediante las cuales las empresas establecidas en otros Estados miembros puedan verse obligadas a adherirse a un convenio colectivo de la construcción que tiene algunas cláusulas que difieren de las disposiciones legales al establecer condiciones de trabajo y empleo más favorables en relación con las materias contempladas en el artículo 3, apartado 1, párrafo primero, letras a) a g), de la Directiva 96/71 y otras cláusulas que se refieren a materias no previstas en dicha disposición, puede hacer menos interesante, e incluso más difícil, para dichas empresas la ejecución de obras de construcción en el territorio sueco y constituye, por este motivo, una restricción a la libre prestación de servicios en el sentido del artículo 49 CE".
Caso Enerji Yapi-Yol Sen v. Turquía.
Organismo: Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Sentencia: 68959/01 [CE:ECHR:2009:0421JUD006895901]
Fecha: 21/04/2009
Ver original (Referencia 68959/01)
Lo que exige la Convención es que la legislación permita a los sindicatos, de forma que no contradiga al artículo 11, luchar por la defensa de los intereses de sus miembros (Schmidt y Dahlström c. Suecia, 6 de febrero de 1976, § 40, serie A, nº 40). La huelga, que permite a un sindicato hacer escuchar su voz, constituye un aspecto importante para los miembros de un sindicato en la protección de sus intereses (Schmidt y Dahlström c. Suecia, anteriormente citada §36)
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