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Documento BOE-A-2024-4476

Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Parque eólico Campanario V híbrido, de 15 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico denominado FV Campanario V, de 48,13 MW de potencia instalada, y parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Albacete".

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 7 de marzo de 2024, páginas 27328 a 27337 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2024-4476

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 14 de septiembre de 2023, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Parque eólico Campanario V Híbrido, de 15 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico denominado FV Campanario V, de 48,13 MW de potencia instalada, y parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Albacete», en los términos municipales de Montealegre del Castillo, Corral Rubio, Chinchilla de Montearagón y Bonete, promovido por Elawan Fotovoltaica Campanario 5, SL, al amparo del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Tras la subsanación de la documentación por el promotor, se verifica que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

El proyecto consiste en un parque eólico de 15 MW de potencia instalada compuesto por 3 aerogeneradores de 5 MW, de 102,5 m de altura de buje y rotor tripala de 145 m de diámetro. El parque eólico hibridará con el parque solar fotovoltaico existente FV Campanario V, de 48,13 MW de potencia instalada. La longitud de viales a construir para el parque es de 2.790 m aproximadamente. La infraestructura de evacuación está constituida por una línea subterránea a 30 kV de 17,8 km de longitud para conectar el parque eólico con la subestación eléctrica existente Elawan Campanario 30/132 kV y por la ampliación de la subestación mencionada. El resto de la infraestructura de evacuación, desde la subestación Elawan Campanario 30/132 kV, hasta su conexión a la red de transporte, en la subestación Campanario 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, es existente. La duración de las obras se estima en doce meses y la vida útil de la instalación, en treinta años.

Las tres posiciones de aerogeneradores del proyecto Campanario V Híbrido se han recuperado del proyecto del parque eólico Fuente Álamo de 50 MW de potencia, que cuenta con declaración de impacto ambiental favorable, mediante Resolución de 5 de septiembre de 2019 de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Albacete, modificada por la Resolución de 25 de agosto de 2020 de la misma Delegación Provincial, que se encuentra en funcionamiento.

Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 6.3.b) del real decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario.

La ubicación del proyecto no presenta coincidencia territorial con espacios pertenecientes a la Red Natura 2000. El parque eólico se encuentra localizado entre tres áreas separadas pertenecientes a la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES0000153 Área esteparia del este de Albacete, a 0,8 km, a 5,7 km y a 7,2 km de las mismas. La línea discurre entre las tres manchas mencionadas de la ZEPA, a 0,7 km, 1,9 km y 3,5 km. La mancha más cercana de la ZEPA coincide parcialmente con la Zona de Especial Conservación (ZEC) «Lagunas saladas de Pétrola y Salobrejo, y complejo lagunar de Corral-Rubio», de modo que el parque eólico queda a 0,8 km de ella.

En la ZEPA, son objetivos de conservación las especies avutarda común (Otis tarda), sisón común (Tetrax tetrax), ganga ibérica (Pterocles alchata), ganga ortega (Pterocles orientalis), cernícalo primilla (Falco naumanni), alcaraván común (Burhinus oedicnemus) y aguilucho cenizo (Circus pygargus).

En la ZEC, son objetivos de conservación las especies flamenco (Phoenicopterus roseus) y malvasía (Oxyura leucocephala).

Según el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a la propuesta de informe de determinación de afección ambiental remitida por este órgano ambiental, el proyecto puede afectar a elementos clave de la Red Natura 2000 pertenecientes a la ZEC «Lagunas Saladas de Pétrola y Salobralejo, y Complejo Lagunar de Corral-Rubio», como es el elemento clave «Aves acuáticas amenazadas», albergando especies como la malvasía cabeciblanca y el fumarel común, en peligro de extinción, y la avoceta, el aguilucho lagunero, el flamenco, el fumarel cariblanco, la pagaza piconegra y el calamón, vulnerables, y pertenecientes a la ZEPA «Área Esteparia del Este de Albacete», como el elemento clave «Aves esteparias», al detectarse especies como el sisón, en peligro de extinción, y la avutarda, la ganga ibérica, la ganga ortega, el cernícalo primilla y el aguilucho cenizo, vulnerables, pudiendo el proyecto afectar al elemento clave «Otros elementos valiosos», al constituir el área del mismo una zona de reproducción, campeo y alimentación para el águila imperial ibérica. Las catalogaciones mencionadas se refieren al Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha o al Catálogo Español de Especies Amenazadas.

Según la cartografía del Atlas de los Hábitats Naturales y Seminaturales de España del MITECO, existe ocupación por parte de los aerogeneradores, línea y viales del hábitat de interés comunitario (HIC) prioritario 6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea y de los HIC 4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga y 5210 Matorrales arborescentes con Juniperus spp. Tras los trabajos de campo, se ha constatado también la afección al HIC 6420 Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion y la cercanía de la línea al HIC prioritario 3170* Estanques temporales mediterráneos, que coincide con el hábitat de protección especial de Castilla-La Mancha (HPE) Comunidades anfibias, y al HIC 8210 Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica (HPE Comunidades rupícolas calcícolas).

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas.

De acuerdo con la cartografía consultada (Corine Land Cover 2018), el parque eólico se ubica sobre matorral boscoso de transición. La línea de evacuación atraviesa, además, zonas de mosaico de cultivos, pastizales naturales, viñedos, es decir, terrenos principalmente agrícolas con importantes espacios de vegetación natural y tierras de labor en secano. Tras el trabajo de campo, se determina que la mayor parte de la superficie corresponde a espartal y a terrenos de cultivo o dominados por vegetación arvense. Menor superficie ocupan coscojares, tomillares, lastonares y pinares de repoblación. Del Inventario Español de Especies Terrestres, se determinó que no existen registros de especies de flora vascular amenazada en las cuadrículas UTM 10x10 km donde se sitúa el proyecto. En los trabajos de campo realizados tampoco se detectaron especies de flora protegida o amenazada a escala regional, nacional o internacional.

El aerogenerador CHY5‐03 se encuentra sobre la malla «a», mientras que los otros dos se sitúan sobre la malla «c» de la Resolución de 28 de agosto de 2009, por la que se delimitan las áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local de las especies de aves incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha. La malla «a» recoge los territorios designados como Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y la «malla c» las áreas prioritarias mencionadas.

El tramo final de la línea subterránea de evacuación cruza el Área de Importancia para las Aves de SEO/BirdLife (IBA) núm. 182 denominada «Pétrola-Almansa-Yecla», con presencia de cerceta pardilla (Marmaronetta angustirostris), malvasía cabeciblanca (Oxyura leucocephala), sisón común (Tetrax tetrax), avutarda (Otis tarda), ganga ortega (Pterocles orientalis) y alondra de Dupont (Chersophilus duponti). El parque eólico quedaría a 840 m de esta IBA.

En relación a aves esteparias, de las diez especies inventariadas durante los trabajos de campo, siete están catalogadas como vulnerables en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha (CREA). Estas especies son cernícalo primilla (Falco naumanni), sisón común (Tetrax tetrax), ganga ibérica (Pterocles alchata), ganga ortega (Pterocles orientalis), aguilucho cenizo (Circus pygargus), avutarda común (Otis tarda) y aguilucho pálido (Circus cyaneus). De ellas, el sisón está considerado en peligro de extinción y la ganga ibérica, ganga ortega y aguilucho cenizo son vulnerables según el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA).

La Guía metodológica para la valoración de repercusiones de las plantas solares sobre especies de avifauna esteparia elaborada por el MITERD califica la zona donde se tiene prevista la realización del proyecto como de alta sensibilidad.

La zona de mayor probabilidad de aparición de sisón común se localiza al norte de la ubicación, a unos 5,2 km de distancia. Esta zona, se podría considerar lek, por la acumulación de contactos en época reproductora.

El cernícalo primilla es una rapaz esteparia abundante en la zona. Se han localizado 5 primillares activos dentro del ámbito de estudio, en los que se han podido observar hasta 5 parejas seguras en uno de ellos. El más cercano al parque eólico está situado a 4,7 km.

La ganga ortega se localiza principalmente al norte del parque eólico, donde se encuentra una zona con una probabilidad de aparición (kernel) superior al 50 %, que aumenta en su centro hasta el 95 %. Se puede confirmar la reproducción en la zona y también el uso de los terrenos del ámbito de estudio para la invernada. Cabe destacar, no obstante, que todas estas observaciones se producen fuera de la zona de implantación de los aerogeneradores.

La avutarda euroasiática también está presente en parte del territorio objeto de estudio. Se han detectado 2 leks a más de 7 km del parque eólico.

La zona de estudio, asimismo, alberga una buena representación del grupo de rapaces diurnas, con veintidós especies diferentes observadas, aunque tres de ellas han sido tratadas como especies esteparias. El águila imperial ibérica (Aquila adalberti) y el águila perdicera (Aquila fasciata) figuran con la categoría en peligro de extinción por el CREA, y otras nueve, aguilucho lagunero occidental (Circus aeruginosus), águila real (Aquila chrysaetos), águila pescadora (Pandion haliaetus) azor común (Accipiter gentilis), alcotán europeo (Falco subbuteo), culebrera europea (Circaetus gallicus), halcón peregrino (Falco peregrinus), gavilán común (Accipiter nisus) y milano real (Milvus milvus), figuran como vulnerables en dicho catálogo. De ellas, el águila imperial y el milano real están considerados en peligro de extinción según el CEEA, y el águila perdicera y el águila pescadora como vulnerables.

El águila imperial ibérica ha sido registrada en numerosas ocasiones fuera del emplazamiento del parque eólico. Se tiene constancia de un nido activo en la zona de estudio, a 5,5 km de los aerogeneradores. Según el informe con las observaciones de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, existe nidificación constatada de la especie a unos 2 km de los aerogeneradores proyectados.

El águila real ha sido identificada numerosas veces con presencia segura de una pareja reproductora en la zona de estudio. La especie cuenta con un nido a 4,5 km del parque eólico.

El águila perdicera ha sido avistada en pocas ocasiones, una de ellas en la ubicación del parque eólico. La información obtenida en el momento del avistamiento no permitió determinar posibles puntos de nidificación o cazaderos para la especie.

El aguilucho lagunero cuenta con numerosos registros por prácticamente la totalidad de la zona de estudio, incluidas las zonas de las implantaciones.

El milano real ha sido avistado en el emplazamiento del parque eólico y en el entorno del mismo.

Para la culebrera europea, se han obtenido 3 zonas con una probabilidad de aparición superior al 50 %, aumentando en una de ellas al 95 %. Una zona kernel 50 % solapa en parte con la ubicación del parque eólico.

Respecto del gavilán común, se ha obtenido un kernel del 95 % en el emplazamiento del parque eólico.

En cuanto a las aves de hábitos nocturnos, se detecta la presencia de alcaraván común (Burhinus oedicnemus), mochuelo europeo (Asio otus), chotacabras cuellirrojo (Caprimulgus ruficollis) y búho real (Bubo bubo). Los tres primeros se encuentran catalogados como de interés especial en el CREA, mientras que el búho real se encuentra catalogado como vulnerable. Para el búho real, se ha obtenido un kernel del 95 % en el emplazamiento del parque eólico.

En cuanto a las aves acuáticas, reseñar la malvasía cabeciblanca (Oxyura leucocephala), en peligro de extinción según el CREA, y pagaza piconegra (Gelochelidon nilotica), vulnerable. La malvasía también se encuentra en peligro de extinción por el CEEA. La mayor parte de los contactos de acuáticas se localizan en torno a las lagunas temporales de Corral‐Rubio y en las lagunas del Complejo lagunar de Corral‐Rubio-La Higuera, las cuales se encuentran a más de 2 km al oeste del parque eólico. Ni la malvasía ni la pagaza piconegra fueron detectadas en el emplazamiento del parque.

En los muestreos de quirópteros se detectó la presencia de, al menos, nueve especies de murciélagos y tres de ellas tienen una catalogación de vulnerables en el CREA, el murciélago montañero (Hypsugo savii), el murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii) y el rinolofo grande (Rhinolophus ferrumequinum). De ellos, el murciélago de cueva y el rinolofo grande también están considerados vulnerables en el CEEA.

Existe gran abundancia de conejo en la zona de estudio, que es presa de grandes rapaces.

Por el efecto particular que sobre las aves rapaces puede tener la instalación de los parques eólicos, se ha estudiado con mayor detalle el riesgo de colisión con los nuevos aerogeneradores mediante el SVI o índice de sensibilidad espacial. Estos resultados deben ser interpretados como una herramienta de comparación y valoración relativa, no como una valoración absoluta del riesgo potencial o como una predicción del riesgo de colisión. La cuadrícula 1x1 km donde se ubica el aerogenerador CHY5‐01 obtiene un valor de SVI de riesgo bajo mientras que los aerogeneradores CHY5‐02 y CHY5‐03 se encuentran en una cuadrícula con valor de riesgo alto.

Según el informe mencionado anteriormente de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la ejecución del proyecto podría suponer la fragmentación y alteración negativa de un territorio que es lugar de reproducción, campeo y alimentación de las especies esteparias, acuáticas y de rapaces protegidas que se encuentran en esta zona, por lo que su ejecución podría ocasionar un efecto crítico sobre la conservación de estos recursos naturales protegidos. Especialmente importante sería el impacto producido al águila imperial y al águila real, al situarse nidificación de estas especies cercanas a la ubicación de los aerogeneradores del proyecto, que podría provocar un aumento de la mortalidad de individuos.

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral.

Los terrenos donde se ubica el proyecto pertenecen a las cuencas hidrológicas de los ríos Júcar y Segura. El cauce más cercano a los aerogeneradores es la Rambla de las viñas, situada a 240 m al norte. La línea subterránea cruza cuatro cauces de la cuenca del Júcar, que son la Cañada Cervalera, el Vallejo de la Morrica y dos cauces sin nombre. La línea también cruza cinco cauces de la cuenca del Segura, que son la Rambla de las viñas y un afluente de la misma, y tres afluentes de la Rambla de Agua Salada.

En el parque eólico y en los viales, se plantea un sistema de drenaje mediante cunetas, obras de paso bajo los caminos y escolleras para permitir el paso del agua y evitar la erosión.

Según el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se deberá considerar la posible afección de las instalaciones a la hidrología de la zona y fenómenos erosivos, así como la vegetación asociada a los mismos, para lo que deberá consultarse al organismo de cuenca competente a este respecto.

En el ámbito de estudio, se localizan humedales catalogados dentro del Inventario Español de Zonas Húmedas. Las más cercanas son un grupo de lagunas al oeste del parque eólico, como la de Hoya Casa la Zarza (IH421032), situada a 1,4 km, la de Hoya Turnera (IH421021) y la de Hoya Peyuela (IH421031) a 1,9 km y la de los Baños de San José (IH421024), a 2 km.

Atendiendo a la cartografía del Sistema nacional de Cartografía de Zonas inundables, el proyecto se sitúa fuera de zonas inundables asociadas a los periodos de retorno de 10, 50, 100 y 500 años. Además, el proyecto se sitúa fuera de las Áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación. Según el Plan Especial de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en Castilla-La Mancha, la peligrosidad de desbordamiento es media-baja en los términos municipales de Bonete y Montealegre del Castillo, media en Corral-Rubio y media-alta en Chinchilla de Montearagón. Según el Mapa de Peligrosidad Integrada de Inundación en los términos municipales de Castilla-La Mancha, elaborado por el Instituto Geológico y Minero de España, la peligrosidad de inundación es media-baja para Bonete y Montealegre del Castillo, y media para Corral-Rubio y Chinchilla de Montearagón.

Como posibles vertidos, hay que citar los derrames accidentales de hidrocarburos y aceites de la maquinaria. No obstante, estos podrían ocurrir únicamente de manera accidental y puntual, puesto que se llevará a cabo la correcta gestión de los mismos y el adecuado mantenimiento de la maquinaria en centros autorizados. Además, se tomarán medidas de protección durante las obras en las zonas de almacenamiento temporal, especialmente en las de residuos peligrosos, que estarán adecuadamente impermeabilizadas.

Los aerogeneradores del parque eólico y gran parte de la línea de evacuación subterránea se sitúan sobre la masa de agua subterránea denominada Sinclinal de la Higuera (070.002) perteneciente a la Demarcación Hidrográfica del Segura. Parte del trazado de la línea subterránea hasta la subestación de conexión se encuentra sobre la masa subterránea de Alpera (Carcelén) (080.138), perteneciente a la Demarcación Hidrográfica del Júcar.

4. Afección por generación de residuos.

Los residuos generados por este tipo de proyectos derivan de la obra civil y son, principalmente, tierra procedente de caminos, excavaciones y zanjas, limpieza de cubetas de hormigón y restos de ferralla. Los residuos generados por el montaje e instalaciones son reciclables en su mayoría y consisten en cartones, plásticos de embalaje y palés generados por el suministro de equipos, remanentes y mermas de cableados y estructura metálica.

Durante las obras se producirán residuos peligrosos y grandes cantidades de residuos de carácter no peligroso, así como residuos sólidos asimilables a urbanos. Durante la construcción, serán entregados a gestor autorizado.

Durante la ejecución de la obra, se estima una generación de 6.846,42 t de residuos no peligrosos. Se ha calculado un excedente de tierras de 111.010 m³. Por otro lado, se estima una generación de 39,75 t de residuos peligrosos.

Se designarán las zonas de almacenamiento de los residuos y se mantendrán señalizadas correctamente. Cada residuo será almacenado en la obra según su naturaleza, y se depositará en el lugar destinado a tal fin (punto limpio), según se vaya generando. Los residuos peligrosos que se generen en la obra se almacenarán en un punto limpio de residuos peligrosos, en la medida de lo posible bajo techado y sobre una zona impermeabilizada, y no podrán permanecer más de seis meses en las obras sin ser retirados por gestor autorizado. Durante los trabajos de instalación de los aerogeneradores, es probable que se genere un excedente de materiales de origen eléctrico y electrónico. Este material se deberá gestionar como residuo de aparatos eléctricos y electrónicos, debiendo habilitarse un área de almacenamiento de materiales defectuosos.

Durante la fase de construcción, se puede considerar la generación de aguas residuales relacionadas con los aseos para el personal de obra. Para ello, podrá disponerse de caseta prefabricada o cabina portátil (aseo químico), dotada de depósito hermético de recogida, cuya gestión se realizará mediante contrato con empresa autorizada, que llevará a cabo la limpieza y retirada de la misma.

Durante la fase de desmantelamiento, las góndolas de los aerogeneradores se trasladarán a taller para realizar las tareas de desguace y recogida de aceites. En el caso de las palas, se procederá a la trituración in situ o a su desguace en piezas menores y entrega a empresas especializadas en revalorización de material usado o a gestor autorizado para su revalorización o depósito en vertedero autorizado, si ello no es posible. El desmantelamiento de las torres se realizará en campo, desguazando las piezas en dimensiones acordes con las solicitudes de las empresas revalorizadoras del material usado. Para el tratamiento de la cimentación de los aerogeneradores, se plantean dos opciones, la retirada o la conservación y recubrimiento de las estructuras. En cualquier caso, se procederá al desmantelamiento de los primeros 40 cm de las cimentaciones.

5. Afección por utilización de recursos naturales.

Los recursos naturales que se prevé utilizar son el suelo, por la ocupación de terreno de las instalaciones proyectadas y las excavaciones, y el agua.

Las superficies ocupadas permanentemente por las cimentaciones de los aerogeneradores, por los viales y por las plataformas de montaje y áreas de acopio suman 4,67 ha. Las superficies de ocupación temporal de zanjas de línea eléctrica y viales alcanzan las 27,64 ha y podrán ser restauradas tras las obras. Se estima una excavación por desmonte de 139.811 m³ y de tierra vegetal de 12.729 m³. La tierra vegetal retirada se acopiará en cordones no superiores a 2,5 m de altura y posteriormente se utilizará en la restauración y recuperación de suelos.

Para el uso de las instalaciones temporales de higiene durante las obras, se estima un consumo de 1,87 m³/día de agua. El agua necesaria será provista mediante un camión cisterna y almacenada en un estanque o depósito habilitado para este fin. Además, los trabajadores deberán disponer de agua potable para bebida, que será proporcionada mediante bidones sellados, etiquetados y embotellados por una empresa autorizada. El uso de agua industrial será destinado preferentemente para humectar los materiales que puedan producir material particulado, previo a su transporte. El abastecimiento de agua industrial se realizará mediante camiones aljibes que la suministrarán desde el exterior, por lo que no será necesario ningún tipo de instalación auxiliar, con un consumo estimado de 0,5 m³/día de este recurso.

6. Afección al patrimonio cultural.

Según el informe técnico de los trabajos arqueológicos realizados, que incluyen una prospección arqueológica, el parque eólico proyectado se encontraría cerca de varios elementos patrimoniales catalogados que no se verán afectados por las obras planificadas. No se ha prospectado el tramo de la línea subterránea situado más al norte, en el término municipal de Bonete. Los elementos más cercanos al parque eólico son el Cuco de la Higuera (027-029), bien etnológico moderno-contemporáneo, a unos 670 m, el yacimiento de Los Cerricos (027-011), de cronología ibérica, a unos 750 m, el yacimiento de La Peñuela (027-012), de época romana, a 750 m, y la Lápida de la Peñuela (027-030), de fase moderna-contemporánea, a 850 m.

Los elementos catalogados más cercanos a la línea eléctrica subterránea son Cueva Negra (027-035), a 140 m, y Puntal Estrecho de Cueva Negra (027-026), a 160 m, ambos pertenecientes a la Edad del Bronce. Según la cartografía del informe, la línea atraviesa un ámbito de protección en el término municipal de Montealegre del Castillo.

Durante los trabajos de campo, se localiza un elemento de interés arqueológico no catalogado a 60 m del trazado de la línea de evacuación, denominado Elemento 01 «Túmulo de la Cañada de los Serranos», de adscripción cultural indeterminada. Consiste en una alineación circular pétrea de unos 2 metros de diámetro en la que se observan restos de acumulación de piedras que le dan un aspecto tumular de aproximadamente 60 cm de altura.

Asimismo, se identifica un elemento de interés etnológico no catalogado a 70 m de la línea, denominado Elemento 02 «Chozo de Manga de Chinchilla», de adscripción cultural moderna-contemporánea.

El informe de los trabajos arqueológicos recoge unas medidas de protección. No consta resolución del Servicio de Cultura de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes en Albacete sobre dicho informe.

La vía pecuaria más cercana al parque eólico es la Vereda del Camino Real de Alicante, ubicada a 390 m al sur del aerogenerador CHY5-03. La línea subterránea de evacuación cruza dos veces la Cañada Real de Andalucía a Valencia y mantiene un paralelismo de 75 m con ella. La línea también cruza en una ocasión la Cañada Real de los Serranos.

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio.

Dentro del área de 1 km existen edificaciones asociadas al uso agrario, pero además existen edificaciones de viviendas, debido a que el aerogenerador CHY5-03, se encuentra a 596 m de la población denominada La Higuera. Más alejado, se encuentra el núcleo de Montealegre del Castillo, a 4,7 km. Las fincas con viviendas más cercanas son la Casa de Pascual, a 1,2 km al norte del proyecto y las Casas de Arriba, a 1,3 km al suroeste.

Los aerogeneradores del parque eólico se ubican sobre matorral boscoso de transición. La línea de evacuación atraviesa además zonas de mosaico de cultivos, pastizales naturales y viñedos. Estos terrenos forestales y agrícolas experimentarán un cambio de uso a terreno industrial.

El escenario actual se encuentra en un entorno eminentemente agrícola con un ruido de fondo que podría situarse en 40-45 dB(A). En la zona de trabajo, durante las obras, podrán alcanzarse puntualmente niveles de 85 dB(A), que decrecerán al alejarse de la misma. Se estima que los niveles de emisión de ruidos de vehículos pesados a 7,5 m de distancia es de 80 dB(A), que se convierten en niveles de 70-75 dB(A) para distancias de unos 25 m. Este incremento del nivel sonoro ocasionado por las obras será temporal y desaparecerá cuando estas terminen.

Por otro lado, para estimar el ruido generado por el funcionamiento del parque eólico, se realiza un estudio con un modelo en el que se compara la fase preoperacional, con los parques eólicos existentes en funcionamiento, y la fase operacional, que incluye el parque eólico Campanario V Híbrido. Se concluye que el nivel de ruido con el funcionamiento del proyecto será similar a la situación previa a la construcción. En fase operacional, se cumpliría con lo establecido en el Real Decreto 1367/2007 por lo que no se esperan afecciones sobre la población, a pesar de encontrarse alguna edificación habitada en el ámbito de estudio, dado que los niveles de ruido que se obtendrán serán menores a los objetivos de calidad acústica establecidos.

Se calcula el valor de campo magnético más elevado para los aerogeneradores, que es de 42,54 μT, por lo que no superan los valores límite de acuerdo al Real Decreto 1066/2001, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas: 100 μT para el público en general y 500 μT para los trabajadores. Las líneas eléctricas de alta tensión no generan un campo magnético superior a 100 μT, incluso en el punto más cercano a los conductores.

El movimiento de las palas de los aerogeneradores durante el día puede proyectar sombras intermitentes que podrían resultar molestas a la población. El estudio de impacto ambiental no contiene un estudio de esta posible afección.

La calidad del paisaje es baja y la fragilidad visual es media según el estudio de impacto ambiental. Desde el 61,47 % del territorio analizado se verá alguna infraestructura del proyecto. El parque eólico, debido al relieve de la zona, será visible desde los municipios de Bonete y Montealegre del Castillo, así como de gran parte de las carreteras existentes en la zona de estudio y edificaciones aisladas.

Según el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Castilla-La Mancha, el proyecto se encuentra fuera de polígonos clasificados como zonas de alto riesgo por incendio forestal.

El proyecto supone la creación de empleos directos e indirectos, la mayoría durante la fase de construcción, con la posible contratación de personal residente. Durante la fase de funcionamiento, el proyecto conlleva también efectos positivos sobre el desarrollo económico, derivado de las tareas de mantenimiento de la instalación que a su vez conduce a un incremento en la demanda de los servicios de la zona. A ello hay que sumar el beneficio económico durante el periodo de vida útil del parque eólico para los propietarios de los terrenos y para los ayuntamientos afectados, en forma de tasas asociadas, que implican en último término una mejora en los servicios de la población.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.

En el entorno del parque eólico Campanario V Híbrido, se encuentran 7 parques eólicos en funcionamiento con 146 aerogeneradores instalados: Fuente-Álamo, con 10 turbinas, a 330 m; Derramador, con 10, a 610 m; Frontones, con 10, a 3,7 km; Los Pedreros, con 30, a 5,8 km; La Cuerda, con 47, a 6,2 km; Virgen de Belén I y II, con 37, a 8,2 km; y Eras de Bonete, con 2, a 11 km. Por otro lado, existen 7 plantas fotovoltaicas en funcionamiento, que ocupan 435 ha, situadas a distancias comprendidas entre 10,1 km y 14,2 km: PSF Elawan Campanario I, con 79,8 ha; PSF Elawan Campanario II, con 80,8 ha; PSF Elawan Campanario III, con 80,5 ha; PSF Elawan Campanario IV, con 71,64 ha; PSF Elawan Campanario V, con 84,7 ha; PSFV Bonete, con 37,23 ha y Central Solar de Bonete.

Además, se han identificado 4 plantas fotovoltaicas en construcción que suman 337 ha: CSF Bonete III, con 89,80 ha, y CSF Bonete IV, con 89,09 ha, ambas a 6,9 km; CSF Campanario I, con 70,60 ha, a 8,4 km y CSF Bonete II, con 87,32 ha, a 8,7 km.

El parque eólico La Herrada, con 26 aerogeneradores y situado a 3,4 km, cuenta con autorización administrativa de construcción. El parque eólico Campanario III Híbrido, con 2 aerogeneradores y a 6,1 km, posee resolución de informe de determinación de afección ambiental favorable.

Por último, se encuentran en tramitación los parques eólicos Campanario IV Híbrido, con 3 aerogeneradores, a 3,8 km; Campanario II Híbrido, con 2 aerogeneradores, a 7 km; y la planta fotovoltaica PSF El Clavel, con 231,50 ha, a 8,5 km.

Las principales afecciones provocadas por los proyectos renovables sobre la fauna, consisten en la alteración o pérdida de hábitats, efecto barrera, molestias y mortalidad. Respecto al efecto barrera, en el ámbito de estudio se observa la presencia de infraestructuras que podrían dificultar el paso de las aves y suponer un aumento del peligro de colisión.

Las plantas solares ubicadas en el ámbito de estudio podrían afectar a la fauna asociada a la ZEPA «Área esteparia del este de Albacete» al ubicarse sobre áreas de hábitat favorable. Sin embargo, los parques eólicos están en su gran mayoría sobre zonas de vegetación silvestre, fuera de cultivos, lo cual reduce el uso de estos terrenos por parte de la fauna esteparia. Los proyectos ubicados en el ámbito de estudio podrían afectar a la fauna asociada la ZEC «Lagunas saladas de Pétrola y Salobrejo, y complejo lagunar de Corral-Rubio» por movimientos de las mismas a la zona de implantación por campeo o posible mortalidad con aerogeneradores o líneas eléctricas. No obstante, las aves acuáticas, de acuerdo al estudio de fauna anual, se localizan en zonas con presencia de agua, y los proyectos no ocuparán hábitats favorables para estas especies.

Debido a la existencia de otras infraestructuras de energías renovables, ya existe cierto impacto paisajístico en la zona, por lo que la introducción del parque eólico Campanario V Híbrido, en una cuerda donde ya se ubica el parque eólico Fuente Álamo, no crearía un gran contraste visual en el territorio.

Según el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al existir una alta concentración en la zona de otros proyectos de energía renovables, tanto en funcionamiento como en fase de proyecto, así como líneas eléctricas aéreas y otras infraestructuras, la ejecución de este proyecto y futuros puede comprometer la capacidad de acogida de un territorio con un alto valor ambiental. La ubicación de los aerogeneradores del proyecto se sitúa a 330 m al norte del parque eólico Fuente-Álamo y a 611 m al sur del parque eólico Derramador, por lo que la ejecución del proyecto cerraría más aún el poco espacio existente entre los aerogeneradores de estos parques eólicos, disminuyendo la anchura de los corredores de vuelo para las aves, con el consiguiente aumento del riesgo de mortalidad directa para este grupo de fauna. Así, en relación a los efectos sinérgicos sobre la fauna, dado la alta presencia de especies de rapaces, de avifauna esteparia y de avifauna acuática en la zona, la adición de este proyecto junto a los ya presentes, y otros en fase de proyecto, y otras infraestructuras, como líneas eléctricas aéreas, puede producir un efecto barrera crítico y un aumento del peligro de colisión para la avifauna.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de que continuara con la correspondiente tramitación del procedimiento de autorización al no apreciarse efectos adversos significativos en el medio ambiente, que requirieran su sometimiento a procedimiento de evaluación ambiental, siempre que se respetaran las medidas y condiciones previstas por este órgano ambiental, fue remitida a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, a la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 y a la Dirección General de Calidad Ambiental todas ellas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el 26 de enero de 2024, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental.

Con fecha 13 de febrero de 2024, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha remite su respuesta donde señala que el proyecto que se pretende ejecutar se ubica en una zona de alta sensibilidad ambiental, siendo susceptible de generar un importante efecto barrera para las comunidades de fauna presentes en el territorio con un efecto ambientalmente negativo, junto al efecto sinérgico con las otras instalaciones similares próximas, con una alta presencia en la zona y comprometiendo la capacidad de acogida del territorio, por lo que se informa desfavorablemente. Asimismo, considera que el proyecto debe someterse a procedimiento ordinario de evaluación ambiental.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Parque eólico Campanario V Híbrido, de 15 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico denominado FV Campanario V, de 48,13 MW de potencia instalada, y parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Albacete», se someta a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/22.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 26 de febrero de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

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