Está Vd. en

Documento BORME-C-2018-1469

MADERAS VARONA, S.L.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
MANUFACTURAS GARCÍA VARONA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 63, páginas 1782 a 1782 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-1469

TEXTO

Anuncio de segregación de rama de actividad

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión expresa del artículo 73 de dicha Ley, se hace público que la Junta General Universal y Extraordinaria de socios de "Maderas Varona, S.L." (sociedad segregada), acordó por unanimidad con fecha 23 de marzo de 2018, la segregación de una rama de actividad de su patrimonio, que forma una unidad económica diferenciada dedicada a la industria de la madera y que se traspasa en bloque a favor de la sociedad "Manufacturas García Varona, S.L." mediante una ampliación de capital por importe de 770.000 euros que realizará esta última, que será íntegramente suscrito y desembolsado por "Maderas Varona, S.L." mediante la aportación de los elementos patrimoniales afectos a la unidad económica segregada, todo ellos de conformidad con el proyecto común de segregación de rama de actividad redactado el día 1 de enero de 2018 y depositado en el Registro Mercantil de Cantabria, el 12 de marzo de 2018.

Se hace constar que el acuerdo de segregación de rama de actividad contiene una relación detallada de elementos patrimoniales que componen la unidad económica segregada, en base al Balance de la Sociedad segregada cerrado el 31 de diciembre de 2017, que como el resto del texto íntegro de segregación de rama de actividad, está a disposición de los acreedores según se expone en el párrafo siguiente.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación adoptado, y a oponerse a la segregación con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de segregación de rama de actividad, en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada Ley.

Piélagos, 23 de marzo de 2018.- La Administradora única. Almudena García López.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid