El Decreto-ley de veintisiete de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro, en el apartado tres de su artículo tercero, dispone que el Gobierno, a propuesta de los Ministerios competentes, aprobará o convalidará las normas que actualmente condicionan la apertura de establecimientos comerciales, con la finalidad de eliminar obstáculos que no consten en las normas a que se refiere el apartado uno de este mismo artículo tercero. De acuerdo con ello procede dictar las disposiciones pertinentes para que los Ayuntamientos sepan a qué atenerse en la concesión de licencias municipales de apertura de establecimientos o actividades comerciales hoy contenidas en textos de diferente rango jurídico.
Igualmente, el referido Decreto-ley prevé, en su artículo cuarto, la convalidación de normas sobre comercialización de artículos alimenticios, a cuya finalidad responde igualmente el presente Decreto.
En su virtud, a propuesta de los Ministros de la Gobernación, Agricultura y Comercio y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinte de junio de mil novecientos setenta y cinco,
D I S P O N G O:
Uno. A los efectos previstos en el artículo tercero tres del Decreto-ley seis/mil novecientos setenta y cuatro, de veintisiete de noviembre, se convalidan las disposiciones que figuran en el anexo I de este Decreto, en cuanto a las normas contenidas en las mismas que establezcan requisitos que condicionen la apertura de establecimientos comerciales.
Dos. La convalidación a que se refiere el párrafo anterior se entiende salvo en aquellos puntos en que hubieren sido derogadas por disposiciones posteriores a las mismas y anteriores al Decreto-ley citado, y sin alterar la situación existente en cuanto a la vigencia del resto de las normas que puedan contenerse en tales disposiciones.
A los efectos previstos en el artículo cuarto dos del Decreto-ley seis/mil novecientos setenta y cuatro, de veintisiete de noviembre, se convalidan las disposiciones que figuran en el anexo II, en todas aquellas normas que no habiendo sido derogadas por disposiciones posteriores, regulen la comercialización de productos alimenticios en los establecimientos minoristas.
Uno. De conformidad con lo establecido en el articulo cuarto del Decreto-ley seis/mil novecientos setenta y cuatro, de veintisiete de noviembre, todos los establecimientos minoristas que se dediquen a la venta de productos alimenticios podrán comercializar simultáneamente toda clase de los mismos, tanto perecederos como no perecederos, siempre que cumplan las condiciones técnico-sanitarias que actualmente estén establecidas para la comercialización de productos alimenticios.
Dos. El ejercicio de la facultad prevista en el párrafo anterior requerirá la solicitud y obtención de la oportuna licencia municipal previo pago de la tasa correspondiente. No se podrá exigir más de una licencia por cada solicitud, aunque sean varios los artículos a comercializar, y la tasa a setisfacer será la diferencia entre la ya abonada por los artículos que vengan comercializándose y la que corresponda a la nueva solicitud.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veintiséis de junio de mil novecientos setenta y cinco.
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de la Presidencia del Gobierno,
ANTONIO CARRO MARTÍNEZ
Real Decreto del Ministerio de la Gobernación de 22 de diciembre de 1908, sobre Sanidad Veterinaria.
Real Decreto de 17 de septiembre de 1920 por el que se modifican determinados aspectos del Real Decreto de 22 de diciembre de 1908 sobre inspección veterinaria en materia alimentaria.
Real Decreto de 9 de febrero de 1925 por el que se aprueba el Reglamento de Sanidad Municipal.
Real Orden del Ministerio de la Gobernación de 22 de mayo de 1929 por la que se aprueba el Reglamento para la Inspección Sanitaria de Establecimientos.
Orden del Ministerio de Agricultura de 14 de mayo de 1934, que aprueba el Reglamento sobre elaboración y venta de especialidades farmacéuticas, desinfectantes, sueros y vacunas para la ganadería.
Ley de Bases de Sanidad Nacional de 25 de noviembre de 1944 (bases 4, 19, 24 y 26).
Orden del Ministerio de la Gobernación de 23 de julio de 1945 sobre apertura y funcionamiento de fábricas chacineras y mataderos industriales.
Orden del Ministerio de la Gobernación de 9 de marzo de 1946 sobre apertura de cafés, bares, cervecerías y similares.
Decreto-ley de 1 de mayo de 1952 sobre atribuciones de los Ministerios de Agricultura y de Industria en materia de industrias agropecuarias y forestales.
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de mayo de 1952.
Decreto de 17 de mayo de 1952 sobre inspección sanitaria de establecimientos no oficiales de hospitalización y asistencia médico-quirúrgica.
Orden del Ministerio de la Gobernación de 17 de septiembre de 1952 sobre Reglamento interior de Sanatorios y Hospitales.
Reglamento de Personal de los Servicios Sanitarios Locales, aprobado por Decreto de 27 de noviembre de 1953.
Ley de Epizootias de 20 de diciembre de 1953.
Orden del Ministerio de la Gobernación de 31 de enero de 1955, Reglamento de Mataderos y Almacenes Frigoríficos.
Decreto de 5 de febrero de 1955 aprobando el Reglamento de Epizootias.
Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.
Ley de Régimen Local, texto articulado por Decreto de 24 de junio de 1955.
Orden del Ministerio de la Gobernación de 7 de mayo de 1957 por la que se aprueba el Reglamento de la Comisaría de Asistencia Médico-Farmacéutica.
Decreto sobre establecimiento de nuevas Farmacias de 31 de mayo de 1957.
Orden del Ministerio de la Gobernación de 27 de enero de 1958 sobre fabricación y comercio de la mantequilla.
Decreto 855/1959, de 27 de mayo, sobre licencias de apertura de establecimientos de alimentación en régimen de autoservicio.
Decreto 2322/1960, de 1 de diciembre, sobre apertura de nuevas Farmacias.
Orden del Ministerio de la Gobernación de 15 de marzo de 1963 por la que se dictan las instrucciones para la aplicación del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
Decreto 1327/1963, de 5 de junio, sobre competencia de la Dirección General de Sanidad en las sustancias y productos alimenticios destinados al consumo público.
Decreto 2464/1963, de 10 de agosto, sobre Especialidades Farmacéuticas.
Orden del Ministerio de la Gobernación de 7 de abril de 1964 sobre Almacenes Farmacéuticos.
Decreto 2284/1964, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para el reconocimiento de la calidad y salubridad de los moluscos.
Orden del Ministerio de la Gobernación de 6 de octubre de 1964 sobre vigilancia sanitaria de edificios y lugares.
Orden del Ministerio de la Gobernación de 15 de junio de 1965 sobre regulación sanitaria del comercio de aves y sus carnes.
Orden de la Presidencia del Gobierno de 6 de septiembre de 1965 sobre funcionamiento de las salas de despiece y comercio expendedor de las mismas.
Decreto 2473/1966, de 6 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Centrales Lecheras y otras industrias lácteas.
Decreto 802/1967, de 6 de abril, sobre intensificación de la lucha contra la peste porcina africana.
Orden de la Presidencia del Gobierno de 3 de junio de 1967 sobre condiciones técnicas de las fábricas de harinas, sémolas e industrias de fabricación de pan.
Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Código Alimentario español.
Decreto 2602/1968, de 17 de octubre, sobre ordenación sanitaria y zootécnica de explotaciones avícolas y salas de incubación.
Orden de la Presidencia del Gobierno de 8 de abril de 1969 por la que se regulan determinadas meterías relativas al funcionamiento de las Entidades de Seguro Libre de Enfermedad.
Orden de la Presidencia del Gobierno de 30 de enero de 1969 sobre capacidad mínima de las estaciones depuradoras de moluscos.
Orden del Ministerio de Agricultura de 27 de julio de 1970 por la que se aprueban las normas generales de definición, denominación, composición y características de los quesos y de los quesos fundidos.
Decreto 1107/1969, de 9 de mayo, dictando normas sobre carnicerías equinas.
Decreto 231/1971, de 28 de enero, sobre regulación de industrias agrarias.
Decreto 2321/1971, de 28 de enero, sobre clasificación y condicionamientos de industrias agrarias
Decreto 2641/1971, de 13 de agosto, sobre ordenación sanitaria y zootécnica de las explotaciones porcinas.
Orden de la Presidencia del Gobierno de 10 de agosto de 1971 sobre refundición de la totalidad de la ordenación legal de las industrias panaderas y establecimientos de venta de pan, y Orden de 9 de agosto de 1975 por la que se modifican los artículos 14 y 18 de la de 10 de agosto de 1971.
Decreto 572/1972, de 24 de febrero, sobre concesión de autorizaciones en materia hospitalaria.
Decreto 544/1972, de 9 de marzo, sobre modificación de determinados artículos del Reglamento de Centrales Lecheras y otras industrias lácteas.
Decreto 2347/1972, de 16 de agosto, por el que se clasifican como «Industrias exceptuadas» de los Decretos 231 y 232/1971, ambos de 28 de enero, a los Mataderos frigoríficos y fábricas de embutidos en matadero anejo.
Orden de la Presidencia del Gobierno de 19 de agosto de 1972 por la que se establecen ciertos requisitos que deben cumplir los quesos que se comercialicen en el territorio nacional.
Decreto 344/1973, de 1 de marzo por el que se modifican las características de composición de determinados tipos de leches, establecidos en el Reglamento de Centrales Lecheras y otras industrias lácteas.
Decreto 508/1973, de 15 de marzo, sobre competencia de los Ministerios de Industria y Agricultura en materia de industrias agropecuarias y forestales.
Decreto 644/1973, de 29 de marzo, por el que se establece la Reglamentación especial para la elaboración, circulación y comercio del whisky.
Orden de la Presidencia del Gobierno de 11 de abril de 1973 sobre bases técnicas y métodos de las estaciones depuradoras de moluscos.
Decreto 758/1974, de 15 de marzo, sobre modificación de determinados artículos del Reglamento de Centrales Lecheras y otras industrias lácteas.
Decreto 1307/1974, de 18 de abril, por el que se clasifican y condicionan determinadas industrias agrarias.
Orden del Ministerio de la Gobernación de 22 de mayo de 1974 sobre sacrificio y comercio de conejos.
Decreto 2130/1974, de 20 de julio, sobre Reglamentación para la elaboración, circulación y comercialización de helados.
Decreto 2184/1974, de 9 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación para la elaboración, circulación y comercio del brandy.
Orden de la Presidencia del Gobierno de 7 de enero de 1975 por la que se aprueba la norma para la mantequilla destinada al mercado nacional.
Decreto 851/1975, de 20 de enero, reglamentando las sustancias y productos que intervienen en la alimentación de los animales.
Orden del Ministerio de Agricultura de 9 de abril de 1975 por la que se modifica la de 27 de julio de 1970, sobre comercialización del queso rallado.
Decreto 1119/1975, de 24 de abril, sobre autorización y registro de núcleos zoológicos, establecimientos para la práctica de la equitación y centros para el fomento y cuidado de animales de compañía y similares.
Decreto 1228/1975, de 5 de junio, por el que se establece la Reglamentación especial para la elaboración, circulación y comercio del ron.
Decreto de 27 de diciembre de 1944 por el que se aprueba el Reglamento de Armas, Pólvoras y Explosivos.
Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, sobre actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.
Orden del Ministerio de la Gobernación sobre Armerías, de 17 de abril de 1974.
Orden de 24 de septiembre de 1969 de la Presidencia del Gobierno, para garantizar la calidad de la merluza congelada.
Circular número 8/55, de la Comisaría de Abastecimientos y Transportes («Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre de 1955), sobre normas para pescado fresco, congelado, conservas, salazones, bacalao y productos derivados.
Orden del Ministerio de Comercio de 21 de marzo de 1975 sobre comercio y precios de azúcar («Boletín Oficial del Estado» de 22 de marzo de 1975).
Resolución de la Dirección General de Comercio Alimentario de 22 de julio de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de julio de 1974) sobre comercio y precios de café.
Orden del Ministerio de Comercio de 27 de febrero de 1974 por la que todo establecimiento minorista puede vender aceite envasado.
Oficio-circular 1/1975, de la Dirección General de Comercio Alimentario, por el que se prorroga el número 3/74, sobre venta a granel de aceites de oliva virgen de hasta 1,5° de acidez debidamente filtrado,
Orden del Ministerio de Comercio de 24 de julio de 1974 sobre prohibición de venta ambulante de toda clase de aceites comestibles.
Resolución de la Dirección General de Comercio Alimentario de 30 de octubre de 1974 sobre márgenes comerciales pera la venta de aceites de semillas.
Circular número 5/1973, sobre convenio establecido entre la Comisaría General de Abastecimientos y Sindicato para la fijación de márgenes comerciales del vino.
Orden del Ministerio de Agricultura de fecha 1 de marzo, modificando el apartado 1 del articulo 23, de la Reglamentación de elaboración, circulación y comercio de la sangría y otras bebidas derivadas del vino.
Circular 11/1967, de la Comisaría General de Abastecimientos y Transportes, por la que se establecen márgenes comerciales para las frutas y hortalizas
Orden de 4 de abril de 1966 («Boletín Oficial del Estado» de 9 de abril) sobre pastas para sopas.
Órdenes de 30 de diciembre de 1958 y 10 de marzo de 1962 sobre pastas para sopas.
Orden de 18 de abril de 1956 («Boletín Oficial del Estado» de 22 de abril) sobre caramelos.
Orden de 30 de diciembre de 1958 sobre caramelos.
Orden de 7 de julio de 1956 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de julio) sobre productos dietéticos y preparados alimenticios.
Órdenes de 30 de diciembre de 1958, 13 de marzo de 1960 y 22 de febrero de 1961 sobre productos dietéticos y preparados alimenticios.
Orden de 29 de diciembre de 1953 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de enero de 1957) sobre confitería y ‘pastelería.
Órdenes de 30 de diciembre de 1958, 7 de marzo de 1962 y 25 de septiembre de 1962 sobre confitería y pastelería.
Orden de 4 de junio de 1957 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de junio) sobre chocolates y derivados del cacao.
Órdenes de 29 de enero de 1958, 30 de diciembre de 1958, 26 de marzo de 1962 y 16 de agosto de 1964 sobre chocolates y derivados del cacao.
Orden de 29 de abril de 1958 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de mayo) sobre café.
Órdenes de 22 de octubre de 1958 y 30 de diciembre de 1958 sobre café.
Orden de 14 de marzo de 1959 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de marzo) sobre whisky.
Orden de 24 de agosto de 1959 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de mayo de 1959) sobre churrería y buñolería.
Órdenes de 13 de junio de 1960, 26 de mayo de 1962 y 11 de diciembre de 1962 sobre churrería y buñolería.
Orden de 26 de noviembre de 1980 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de diciembre) sobre condimentos y especias naturales.
Órdenes de 20 de julio de 1961, 8 de junio de 1962 y 28 de septiembre de 1963 sobre condimentos y especias naturales.
Orden de 21 de noviembre de 1961 («Boletín Oficial del Estado» de 28 de noviembre) sobre achicoria y sucedáneos del café.
Orden de 28 de agosto de 1962 sobre achicoria y sucedáneos del café.
Orden de 22 de septiembre de 1973 sobre normalización de conservas vegetales.
Orden de 7 de enero de 1975 sobre mantequilla («Boletín Oficial del Estado» de 5 de marzo de 1975).
Orden de la Presidencia del Gobierno de 10 de mayo de 1971 sobre márgenes y venta de cerveza.
Circular de C.A.T. 11/1987 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de enero de 1968), sobre margen comercial de frutas y verduras.
Circular de C.A.T. 1/1964 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de abril), sobre márgenes de huevos y pollos.
Orden de la Presidencia del Gobierno de 29 de enero de 1975 («Boletín Oficial del Estado» de 31 de enero de 1975) por la que se fijan precios máximos de venta de la leche higienizada y concentrada durante la campaña lechera 1975/76.
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