Está Vd. en

Documento BOE-A-1976-5695

Decreto 449/1976, de 6 de febrero por el que se suspende, por un plazo de tres meses y con un límite máximo de 33.000 toneladas, la aplicación del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores a la importación de amoniaco licuado.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 17 de marzo de 1976, páginas 5478 a 5479 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1976-5695

TEXTO ORIGINAL

La situación comparativa de precios en los mercados exterior e interior y las necesidades del abastecimiento nacional de fertilizantes aconsejan suspender, por un plazo de tres meses, y con un límite máximo de treinta y tres mil toneladas, la aplicación del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores a la importación de amoníaco licuado, en uso de la facultad concedida al Gobierno por el último párrafo del apartado dos del artículo doscientos once de la Ley cuarenta y una/mil novecientos sesenta y cuatro, de once de junio.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día seis de febrero de mil novecientos setenta y seis,

DISPONGO:

Artículo primero.

Se suspende parcialmente por un plazo de tres meses la aplicación del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores a la importación de amoniaco licuado, comprendido en la partida arancelaria veintiocho punto dieciséis A mediante la reducción de su tipo impositivo en el porcentaje preciso para que la tarifa aplicable sea uno coma cinco por ciento.

Artículo segundo.

Con independencia del plazo señalado en el artículo anterior, la suspensión se aplicará únicamente a una cantidad máxima de treinta y tres mil toneladas métricas.

Artículo tercero

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Asi lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a seis de febrero de mil novecientos setenta y seis.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

JUAN MIGUEL VILLAR MIR

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 06/02/1976
  • Fecha de publicación: 17/03/1976
  • Fecha de entrada en vigor: 17/03/1976
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PRORROGA la Citada Suspensión por Real Decreto 2125/1976, de 23 de julio (Ref. BOE-A-1976-17383).
  • SE INTERPRETA, por Orden de 5 de abril de 1976 (Ref. BOE-A-1976-8142).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 211.2, Ultimo párrafo de la Ley 41/1964, de 11 de junio (Ref. BOE-A-1964-9380).
Materias
  • Importaciones
  • Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores
  • Productos químicos

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid