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Documento BOE-A-1985-17459

Orden de 10 de agosto de 1985 por la que se fija el nuevo margen de beneficio de las Oficinas de Farmacia por dispensación al público de especialidades farmacéuticas.

[Disposición anulada]

Publicado en:
«BOE» núm. 196, de 16 de agosto de 1985, páginas 25969 a 25969 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1985-17459
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1985/08/10/(1)

TEXTO ORIGINAL

DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 86/1982, DE 15 DE ENERO, LA DETERMINACION DE LOS MARGENES PROFESIONALES DE LAS OFICINAS DE FARMACIA SE HARAMEDIANTE EL ESTABLECIMIENTO DE UN PORCENTAJE UNICO QUE HABRA DE SER APROBADO POR ACUERDO DE LA COMISION DELEGADA DEL GOBIERNO PARA ASUNTOS ECONOMICOS, A PROPUESTA DE LOS MINISTERIOS DE ECONOMIA Y HACIENDA Y DE SANIDAD Y CONSUMO.

EN APLICACION DEL CITADO DECRETO, PREVIO INFORME DE LA JUNTA SUPERIOR DE PRECIOS, LA COMISION DELEGADA DEL GOBIERNO PARA ASUNTOS ECONOMICOS, EN SU REUNION DEL DIA 29 DE JULIO DE 1985, ACORDO LA FIJACION DEL MARGEN CONTENIDO EN LA PRESENTE ORDEN, QUE SIGNIFICA UNA REDUCCION DEL 2,5 POR 100 EN LOS PRECIOS DEVENTA AL PUBLICO DE LAS ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS.

EN SU VIRTUD, A PROPUESTA DE LOS MINISTERIOS DE ECONOMIA Y HACIENDA Y DE SANIDADY CONSUMO, ESTA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DISPONE:

ARTICULO 1. EL BENEFICIO PROFESIONAL EN LAS OFICINAS DE FARMACIA POR DISPENSACION Y VENTA AL PUBLICO DE ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS SE FIJA EN UN 28,2 POR 100 SOBRE EL PRECIO DE VENTA AL PUBLICO, EQUIVALENTE EN LA ACTUALIDAD AL 39,275 POR 100 SOBRE EL PRECIO DE LA VENTA DE ALMACEN.

ART. 2. QUEDA DEROGADA LA ORDEN DE 22 DE ENERO DE 1982 Y CUANTAS OTRAS DISPOSICIONES SE OPONGAN A LO ESTABLECIDO EN LA PRESENTE ORDEN, QUE ENTRARA EN VIGOR EL DIA 9 DE SEPTIEMBRE DE 1985.

LA DIRECCION GENERAL DE FARMACIA Y PRODUCTOS SANITARIOS ADOPTARA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA SU ADECUADA Y EFECTIVA APLICACION.

MADRID, 10 DE AGOSTO DE 1985.- MOSCOSO DEL PRADO Y MUÑOZ.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 10/08/1985
  • Fecha de publicación: 16/08/1985
  • Fecha de entrada en vigor: 09/09/1985
  • Fecha de anulación: 05/11/1987
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DISPONE el cumplimiento de la Sentencia del TS de 4 de julio de 1987 que declara la nulidad de PLENO DERECHO, por Orden de 30 de septiembre de 1987 (Ref. BOE-A-1987-24861).
  • SE SUSPENDE, por Orden de 19 de mayo de 1987 (Ref. BOE-A-1987-12216).
  • SE DESARROLLA por Resolución de 10 de agosto de 1985 (Ref. BOE-A-1985-17463).
Referencias anteriores
Materias
  • Especialidades y productos farmacéuticos
  • Oficinas de farmacia
  • Precios

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