Está Vd. en

Documento BOE-A-1988-15941

Orden de 30 de mayo de 1988 por la que se desarrolla el capítulo III del Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 25 de junio de 1988, páginas 19921 a 19922 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1988-15941
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1988/05/30/(2)

TEXTO ORIGINAL

COMO CONSECUENCIA DE LA MODIFICACION, POR REAL DECRETO 889/1987, DE 26 DE JUNIO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 8 DE JULIO), DEL ARTICULO 15 DEL REGLAMENTO DE LA OFICINA DE INTERPRETACION DE LENGUAS, Y AL OBJETO DE ACTUALIZAR LA NORMATIVA CORRESPONDIENTE, ES NECESARIO DESARROLLAR EL CAPITULO III DEL MENCIONADO REGLAMENTO.

POR ELLO, EN USO DE LA FACULTAD QUE ME ATRIBUYE LA DISPOSICION FINAL SEGUNDA DEL REAL DECRETO 2555/1977, DE 27 DE AGOSTO, VENGO EN DISPONER:

PRIMERO. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 15 DEL REGLAMENTO DE LA OFICINA DE INTERPRETACION DE LENGUAS, PODRAN TOMAR PARTE EN LOS EXAMENES QUE HABILITAN PARA EL EJERCICIO DE INTERPRETE JURADO QUIENES REUNAN LAS SIGUIENTES CONDICIONES:

A) SER MAYOR DE EDAD.

B) POSEER EL TITULO ESPAÑOL DE BACHILLER O EQUIVALENTE, O UN TITULO EXTRANJERO EQUIVALENTE A LOS ANTERIORES, CONVALIDADO EN SU CASO.

C) POSEER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA O LA DE CUALQUIER ESTADO MIEMBRO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS.

SEGUNDO. LOS ASPIRANTES QUE DESEEN EJERCER COMO INTERPRETES JURADOS DEBERAN DIRIGIR LA CORRESPONDIENTE INSTANCIA AL ILUSTRISIMO SEÑOR SUBSECRETARIO DE ASUNTOS EXTERIORES, EN LA QUE HARAN CONSTAR SU NOMBRE, APELLIDOS, EDAD, DOMICILIO, NUMERO DEL DNI O TARJETA DE RESIDENCIA DE CIUDADANO DE UN ESTADO MIEMBRO DE LA CEE E IDIOMAS DE LOS QUE DESEEN SER EXAMINADOS.

LOS SOLICITANTES DEBERAN SATISFACER, EN CONCEPTO DE DERECHOS DE EXAMEN, LA CANTIDAD DE 1.500 PESETAS POR CADA UNO DE LOS IDIOMAS DE LOS QUE DESEEN SER EXAMINADOS. DICHA CANTIDAD SE INGRESARA EN LA CUENTA CORRIENTE NUMERO 8.122.954 <EXAMENES DE INTERPRETES JURADOS>, DE LA CAJA POSTAL DE AHORROS, CALLE DE LA MAGDALENA, 28, DE MADRID, DEBIENDO ACOMPAÑAR EL ORIGINAL DEL RESGUARDO JUSTIFICATIVO DEL INGRESO A LA INSTANCIA A LA QUE SE REFIERE EL PARRAFO ANTERIOR.

TERCERO. LOS EXAMENES DE INTERPRETES JURADOS COMENZARAN EL DIA 2 DE NOVIEMBRE DE CADA AÑO O EL DIA SIGUIENTE, SI ESTE FUESE FESTIVO, A CUYO FIN LAS INSTANCIAS DEBERAN SER PRESENTADAS EN EL REGISTRO GENERAL DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES O POR CUALQUIERA DE LOS PROCEDIMIENTOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 66 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO HASTA EL DIA 15 DE SEPTIEMBRE INMEDIATAMENTE ANTERIOR.

CUARTO. CON INDEPENDENCIA DE LA CONVOCATORIA ANUAL A LA QUE SE REFIERE EL ARTICULO ANTERIOR, EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS EXTERIORES PODRA CONVOCAR, CUANDO LAS CIRCUNSTANCIAS ASI LO ACONSEJEN, EXAMENES DE INTERPRETES JURADOS, CON CARACTER GENERAL O PARA UN IDIOMA O IDIOMAS ESPECIFICOS. EN ESTE CASO, LA FECHA DE CELEBRACION DE EXAMENES Y EL PLAZO DE PRESENTACION DE INSTANCIAS SE REGIRA POR LO DISPUESTO EN LA CONVOCATORIA, SIENDO EN TODO LO DEMAS APLICABLE LA PRESENTE ORDEN.

QUINTO. EXPIRADO EL PLAZO DE PRESENTACION DE INSTANCIAS, EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS EXTERIORES DICTARA RESOLUCION, QUE SE PUBLICARA EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>, Y EN LA QUE SE HARA CONSTAR LA COMPOSICION DEL TRIBUNAL O TRIBUNALES, EL LUGAR Y FECHA DE CELEBRACION DE LOS EXAMENES, INDICACION DE LOS LUGARES DONDE SE ENCONTRARA EXPUESTA LA LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS Y LA RELACION DE LOS SOLICITANTES EXCLUIDOS, CON INDICACION DE LA CAUSA DE EXCLUSION A EFECTOS DE QUE EN EL PLAZO DE DIEZ DIAS PUEDAN SUBSANAR LOS ERRORES DETECTADOS. EXPIRADO DICHO PLAZO SE PUBLICARA EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> LA RELACION DEFINITIVA DE EXCLUIDOS.

SEXTO. EL SUBSECRETARIO DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES DESIGNARA ENTRE FUNCIONARIOS DE CARRERA DE INTERPRETACION DE LENGUAS, EL TRIBUNAL O TRIBUNALES CALIFICADORES DE LAS CORRESPONDIENTES PRUEBAS DE APTITUD. CADA UNO DE LOS TRIBUNALES ESTARA COMPUESTO POR UN NUMERO IMPAR DE MIEMBROS, NO INFERIOR A TRES. A LOS MISMOS SE PODRAN INCORPORAR LOS ASESORES QUE, EN CADA CASO, SE ESTIME PERTINENTE.

SEPTIMO.

LOS MIEMBROS Y ASESORES DE LOS TRIBUNALES CALIFICADORES TENDRAN DERECHO A LA PERCEPCION DE LAS ASISTENCIAS PREVISTAS EN EL ARTICULO 31 DEL REAL DECRETO 236/1988, DE 4 DE MARZO, SOBRE INDEMNIZACIONES POR RAZON DEL SERVICIO.

A ESTOS EFECTOS, LOS TRIBUNALES CALIFICADORES TENDRAN LA CATEGORIA SEGUNDA DE LAS RECOGIDAS EN EL ANEXO IV DEL MENCIONADO REAL DECRETO 236/1988.

OCTAVO. LOS EXAMENES DE INTERPRETES JURADOS CONSTARAN DE DOS EJERCICIOS, AMBOS DE CARACTER ELIMINATORIO. EL PRIMER EJERCICIO CONSISTIRA EN UNA TRADUCCION AL CASTELLANO, SIN DICCIONARIO, DE UN TEXTO DE CARACTER GENERAL. EL SEGUNDO EJERCICIO CONSISTIRA EN UNA TRADUCCION AL CASTELLANO, CON DICCIONARIO, DE UN TEXTO DE CARACTER JURIDICO O ECONOMICO.

NOVENO. UNA VEZ HECHO PUBLICO EL RESULTADO DE LOS EXAMENES, LOS PARTICIPANTES APROBADOS DEBERAN PRESENTAR EN EL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, EN EL PLAZO DE UN MES, LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

A) ORIGINAL O FOTOCOPIA COMPULSADA DEL TITULO DE BACHILLER O EQUIVALENTE, O TITULO EXTRANJERO EQUIVALENTE A LOS ANTERIORES.

B) FOTOCOPIA COMPULSADA DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD O TARJETA DE RESIDENCIA DE CIUDADANO DE UN ESTADO MIEMBRO DE LA CEE.

C) DOS FOTOGRAFIAS DE TAMAÑO CARNE.

DECIMO. QUIENES HABIENDO SIDO APROBADOS DEJARAN DE PRESENTAR DENTRO DEL PLAZO LOS DOCUMENTOS ANTES RESEÑADOS, QUEDARAN DECAIDOS DE TODOS LOS DERECHOS QUE HUBIERAN ADQUIRIDO POR VIRTUD DEL EXAMEN.

UNDECIMO. A LOS ASPIRANTES APROBADOS QUE HUBIERAN PRESENTADO LA DOCUMENTACION SEÑALADA EN EL PUNTO NOVENO, DENTRO DEL PLAZO, SE LES EXPEDIRA POR ESTE MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES EL CORRESPONDIENTE NOMBRAMIENTO DE INTERPRETE JURADO, QUE HABILITARA PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, DEBIENDO INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO QUE SE LLEVARA EN EL GOBIERNO CIVIL O DELEGACION DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA EN QUE RESIDAN.

DUODECIMO. AL INSCRIBIRSE EN EL GOBIERNO CIVIL O DELEGACION DEL GOBIERNO, SE LE PROPORCIONARA AL INTERPRETE JURADO UN CARNE ACREDITATIVO, EN EL QUE FIGURARA LA FOTOGRAFIA DEL TITULAR, EL NOMBRE Y LOS APELLIDOS DE AQUEL, SU NUMERO DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD O, EN SU CASO, TARJETA DE RESIDENCIA DE CIUDADANO DE UN ESTADO MIEMBRO DE LA CEE Y SU DOMICILIO, ASI COMO EL IDIOMA O IDIOMAS A LOS QUE SE REFIERA EL NOMBRAMIENTO. EL MODELO DEL MENCIONADO CARNE ES EL QUE SE RECOGE EN EL ANEXO I.

DECIMOTERCERO. EL GOBIERNO CIVIL O DELEGACION DEL GOBIERNO EXPEDIRA UN UNICO CARNE POR CADA INTERPRETE JURADO, EN EL QUE SE HARAN CONSTAR TODOS LOS IDIOMAS PARA CUYA TRADUCCION ESTE AUTORIZADO SU TITULAR.

CUANDO UN INTERPRETE JURADO SEA AUTORIZADO PARA TRADUCIR UN NUEVO IDIOMA SE SUSTITUIRA EL CARNE PRIMITIVO POR OTRO, AL QUE SE INCORPORARA EL IDIOMA DE NUEVA AUTORIZACION.

DECIMOCUARTO. EL CARNE AL QUE SE REFIEREN LOS ARTICULOS ANTERIORES SE ELABORARA POR PROCEDIMIENTO CON MATERIALES QUE OFREZCAN LAS MAXIMAS GARANTIAS DE INFALSIFICABILIDAD.

DISPOSICION TRANSITORIA

LOS INTERPRETES JURADOS QUE A LA ENTRADA EN VIGOR DE ESTA ORDEN SE ENCUENTREN YA INSCRITOS EN EL GOBIERNO CIVIL O EN LA DELEGACION DEL GOBIERNO CORRESPONDIENTES, PODRAN SOLICITAR EN CUALQUIER MOMENTO LA EXPEDICION DEL CARNE AL QUE SE REFIEREN LOS ARTICULOS ANTERIORES.

DISPOSICION FINAL LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

DISPOSICION DEROGATORIA

QUEDA DEROGADA LA ORDEN DE 14 DE OCTUBRE DE 1985.

LO QUE DIGO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS CONSIGUIENTES.

MADRID, 30 DE MAYO DE 1988.

FERNANDEZ ORDOÑEZ

ILMO. SR. SUBSECRETARIO.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/05/1988
  • Fecha de publicación: 25/06/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 26/06/1988
  • Fecha de derogación: 24/02/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA por Orden de 8 de febrero de 1996 (Ref. BOE-A-1996-4123).
  • SE MODIFICA el apartado Tercero, por Orden de 4 de octubre de 1991 (Ref. BOE-A-1991-25098).
Referencias anteriores
Materias
  • Intérpretes Jurados de Lenguas
  • Oposiciones y concursos
  • Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid