RECURSO de inconstitucionalidad número 2.401/1991 planteado por el Presidente del Gobierno, contra dete+minr dos preceptos de la Ley 8/1990, de 28 de iranio, di Parlamento de Baleares.
El Tribunal Constitucional, por auto de 12 de marzo actual, h acordado ratificar la suspensión de los artículos 2, párrafo primero, y 5 de la Compilación del Derecho Civil de Baleares, aprobada par DeceD legislativo 79/1990, de 6 de septiembre, cuya suspensión se dispuso pe providencia de 29 de octubre de 1990, dictada en el recurso d inconstitucionalidad número 2.401/1990, promovido por el Presiden: del Gobierno. quien invocó el articulo 161.2 de la Constitución.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 12 de marzo de 1991.-El Presidente del Tribunal Constitu cional, TOMAS Y VALIENTE
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