El Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo, supuso la aprobación, entre otras, de la nueva estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo. El apartado 2 del artículo 10 del mencionado Real Decreto suprimió distintos centros directivos, entre los que se encontraba la Dirección General de Aseguramiento y Planificación Sanitaria. Con posterioridad, el Real Decreto 1893,1996, de 2 de agosto, vino a establecer, ahora con carácter singular, la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo, de sus organismos autónomos y del Instituto Nacional de la Salud, previendo en su disposición adicional sexta que «los órganos colegiados del Ministerio de Sanidad y Consumo, cuya composición y funciones sean de alcance estrictamente ministerial, podrán ser regulados, modificados o suprimidos mediante Orden del Ministro de Sanidad y Consumo, aunque su normativa de creación o modificación tenga el rango de Real Decreto».
La supresión del citado centro directivo y la reorganización en profundidad del Ministerio de Sanidad y Consumo, hace necesario proceder a la modificación de la Orden de 19 de julio de 1993, por la que se crea la Comisión de Ayudas Sociales a afectados por VIH, como consecuencia de actuaciones realizadas en el sistema sanitario público, a que se refiere el artículo 6 del Real Decreto-ley 9/1993, de 28 de mayo, fundamentalmente, por lo que respecta a su composición, haciendo, de este modo, uso de la habilitación prevista por la disposición adicional sexta del ya citado Real Decreto 1893/1996, de 2 de agosto.
En su virtud, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:
Primero.-La Comisión de Ayudas Sociales para afectados por VIH (CASVIH), a que se refiere el artículo 6 del Real Decreto-ley 9/1993, de 28 de mayo, por el que se regula la concesión de ayudas a los afectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), como consecuencia de actuaciones realizadas en el sistema sanitario público, creada por la Orden de 19 de julio de 1993, que se modifica mediante la presente Orden, queda adscrita a la Dirección General de Salud Pública.
Segundo.-La Comisión de Ayudas Sociales para afectados por VIH (CASVIH) estará integrada por los siguientes miembros:
Presidente: El Director general de Salud Pública o persona en quien delegue.
Vocales:
El Subdirector general de Epidemiología, Promoción y Educación para la Salud.
El Subdirector general de Control Farmacéutico.
El Jefe del Servicio Jurídico del Departamento.
El Subdirector general de Relaciones Institucionales y Alta Inspección.
Un representante designado por el Ministerio de Economía y Hacienda, con categoría, al menos, de Subdirector general o asimilado.
El Secretario de la Comisión designado por el Ministro de Sanidad y Consumo entre el personal existente en la relación de puestos de trabajo del Departamento, de sus organismos autónomos o del Instituto Nacional de la Salud.
Tercero.-Todas las referencias realizadas por el texto de la Orden objeto de modificación, a la Ministra de Sanidad y Consumo, se entenderán realizadas al Ministro de Sanidad y Consumo.
Cuarto.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de noviembre de 1996.
ROMAY BECCARÍA
Ilmo. Sr. Subsecretario de Sanidad y Consumo.
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