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Documento BOE-A-1998-1682

Orden 11/1998, de 15 de enero, por la que se amplía la Orden 75/1994, de 26 de julio, por la que se regulan los ficheros de tratamiento automatizado de datos de cáracter personal existentes en el Ministerio de Defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 27 de enero de 1998, páginas 2671 a 2672 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1998-1682
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1998/01/15/11

TEXTO ORIGINAL

Para dar cumplimiento a lo determinado por la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal (LORTAD), por Orden 75/1994, de 26 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 178), ampliada por las Órdenes 34/1995, de 9 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 64) y 33/1996, de 15 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 46), se regularon los ficheros automatizados del Ministerio de Defensa.

Por otra parte, el artículo 14.2, apartados d) e i), del Real Decreto 1883/1996, de 2 de agosto, por el que se determina la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, establece como funciones de la Dirección General de Personal las de dirigir el Registro de Personal Militar de Carrera y de Empleo y coordinar y controlar el Sistema de Información para la Gestión del Personal Militar y Civil del Departamento.

Con el fin de dar cumplimiento a lo anteriormente mencionado, se ha constituido un sistema de información de personal, que, de forma progresiva, reemplazará a los existentes.

En su virtud, dispongo:

Apartado único.

Se amplía el contenido del anexo a la Orden 75/1994, de 26 de julio, ampliada por las Órdenes 34/1995, de 9 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 64) y 33/1996, de 15 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 46), con la inclusión del fichero automatizado de datos de carácter personal siguiente:

38. Fichero automatizado del Sistema de Información de Personal del Ministerio de Defensa:

a) Responsable: Subsecretaría de Defensa. Dirección General de Personal.

b) Finalidad: Permitir la ejecución de las funciones derivadas del mantenimiento y actualización del Registro de Personal Militar de Carrera y de Empleo y del Sistema de Información para la Gestión del Personal Militar y Civil del Departamento y sus Organismos Autónomos.

c) Usos: Por personal debidamente autorizado de dicha Subsecretaría y de sus órganos y unidades dependientes para la gestión de cada uno de los colectivos, a través de la introducción, modificación y cancelación de datos relativos a los mismos.

Asimismo, se utiliza para la elaboración de estadísticas de acuerdo con lo establecido en la Ley 12/1989, de la Función Estadística Pública.

d) Personas o colectivos origen de los datos: Personal militar y civil del Departamento y sus organismos autónomos, a excepción del personal sujeto al servicio militar.

e) Procedimiento de recogida de datos: Los datos se recogen a través de los expedientes personales, a través de los propios interesados o como consecuencia de la documentación generada por la actividad administrativa, «Boletín Oficial del Estado» y «Boletín Oficial de Defensa».

f) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Estructura básica: Fichero de estructura ADABAS.

Tipos de datos: Identificativos, familiares, administrativos, profesionales, de destino y económicos, académicos, de infracciones administrativas.

g) Cesiones de datos que se prevean: Al Ministerio de Economía y Hacienda, Administraciones Públicas, Seguridad Social, Tribunal de Cuentas, Juzgados, entidades bancarias colaboradoras y entidades con las que el Ministerio de Defensa mantiene Convenios y conciertos.

h) Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Dirección General de Personal, Ministerio de Defensa, paseo de la Castellana, número 109, 28071 Madrid.

i) Plazo para rectificar o cancelar datos: El establecido reglamentariamente.

j) Disposiciones que amparan al fichero automatizado: Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional y demás disposiciones que la desarrollan y Real Decreto 1883/1996, de 2 de agosto, de Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de enero de 1998.

SERRA REXACH

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 15/01/1998
  • Fecha de publicación: 27/01/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 28/01/1998
Referencias anteriores
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Defensa

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