Sentencia del Tribunal General de 15 de septiembre de 2021 — Ghaoud/Consejo
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Tareg Ghaoud, en calidad de heredero de Abdel Majid Al-Gaoud (Dubái, Emiratos Árabes Unidos) (representante: S. Bafadhel, Barrister)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: P. Mahnič y V. Piessevaux, agentes)
Objeto
Demanda basada en el artículo 263 TFUE por la que se solicita la anulación, por una parte, de la Decisión de Ejecución (PESC) 2019/1299 del Consejo, de 31 de julio de 2019, por la que se aplica la Decisión (PESC) 2015/1333 relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia (DO 2019, L 204, p. 44) y de la Decisión de Ejecución (PESC) 2020/1137 del Consejo, de 30 de julio de 2020, por la que se aplica la Decisión (PESC) 2015/1333 relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia (DO 2020, L 247, p. 40), en la medida en que estas mantienen el nombre del Sr. Abdel Majid Al-Gaoud en las listas que figuran en los anexos II y IV de la Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo, de 31 de julio de 2015, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia y por la que se deroga la Decisión 2011/137/PESC (DO 2015, L 206, p. 34) y, por otra parte, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1292 del Consejo, de 31 de julio de 2019, por el que se aplica el artículo 21, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/44 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia (DO 2019, L 204, p. 1), y del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1130 del Consejo, de 30 de julio de 2020, por el que se aplica el artículo 21, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/44 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia (DO 2020, L 247, p. 14), en la medida en que mantienen el nombre del Sr. Abdel Majid Al-Gaoud en la lista que figura en el anexo III del Reglamento (UE) 2016/44 del Consejo, de 18 de enero de 2016, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 204/2011 (DO 2016, L 12, p. 1).
Fallo
1) Anular la Decisión de Ejecución (PESC) 2019/1299 del Consejo, de 31 de julio de 2019, por la que se aplica la Decisión (PESC) 2015/1333 relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia, y la Decisión de Ejecución (PESC) 2020/1137 del Consejo de 30 de julio de 2020 por la que se aplica la Decisión (PESC) 2015/1333 relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia, en la medida en que mantienen el nombre del Sr. Abdel Majid Al-Gaoud en las listas que figuran en los anexos II y IV de la Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo, de 31 de julio de 2015, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia y por la que se deroga la Decisión 2011/137/PESC.
2) Anular el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1292 del Consejo, de 31 de julio de 2019, por el que se aplica el artículo 21, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/44 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1130 del Consejo, de 30 de julio de 2020, por el que se aplica el artículo 21, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/44 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia, en la medida en que mantienen el nombre del Sr. Abdel Majid Al-Gaoud en la lista que figura en el anexo III del Reglamento (UE) 2016/44 del Consejo, de 18 de enero de 2016, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 204/2011.
3) El Consejo de la Unión Europea cargará, además de con sus propias costas, con las del Sr. Tareg Ghaoud, en calidad de heredero del Sr. Abdel Majid Al-Gaoud.
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