La conveniencia de que, a la mayor brevedad posible, pueda terminarse la construcción del edificio destinado a Juzgados de Madrid, en la Plaza de Castilla, con el fin de obtener una mayor eficiencia de sus servicios, teniendo en cuenta las deficientes instalaciones de que hasta ahora disponen la mayor parte de ellos, ha hecho indispensable la habilitación de recursos suplementarios con tal finalidad.
Se ha tramitado un expediente para la concesión de un suplemento de crédito de trescientos cuarenta y cinco millones de pesetas, que obtuvo el informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, y de conformidad del Consejo de Estado.
En su virtud, y de conformidad con la Ley aprobada por las Cortes Españolas, vengo en sancionar:
Se concede, con recursos facilitados por el Banco de España en concepto de anticipo con cargo a la cuenta del Tesoro, un suplemento de crédito de trescientos cuarenta y cinco millones de pesetas al figurado en el Presupuesto en vigor de la Sección trece, «Ministerio de Justicia»; servicio cero tres, «Dirección General de Justicia»; capitulo seis, «Inversiones reales»; artículo sesenta y uno, «Mejora de las instalaciones de la Administración de Justicia»; concepto seiscientos once, «Creación de Palacios de Justicia, Juzgados y otras Dependencias Judiciales».
El importe a que asciende el mencionado suplemento de crédito se cubrirá en la forma determinada por el artículo sesenta y cuatro de la vigente Ley General Presupuestaria.
Dada en Madrid a veintisiete de abril de mil novecientos setenta y siete.
JUAN CARLOS
El Presidente de las Cortes Españolas,
TORCUATO FERNANDEZ-MIRANDA Y HEVIA
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