De conformidad con la Ley aprobada por las Cortes vengo en sancionar:
Se concede un suplemento de crédito de seiscientos trece millones ciento dieciséis mil pesetas al figurado en el presupuesto en vigor de la Sección dieciséis, «Ministerio de la Gobernación»; servicio cero siete, «Dirección General de Seguridad»; capítulo dos, «Compra de bienes corrientes»; artículo veinticuatro, «Dietas, locomoción y traslados»; concepto doscientos cuarenta y uno, «Para gastos de esta clase».
El importe a que asciende el mencionado suplemento de crédito se cubrirá con anticipas a facilitar al Tesoro por el Banco de España.
Dado, en Candanchú a veintinueve de diciembre de mil novecientos setenta y siete.
JUAN CARLOS
El Presidente de las Cortes,
ANTONIO HERNANDEZ GIL
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