Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta de esa Dirección General de Industrias Agrarias, sobre la petición de don Vidal Merino Sanz para instalar una fábrica de embutidos en La Lastrilla (Segovia), acogiéndose a los beneficios del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, y de acuerdo con la Ley 152/1963, de 2 de diciembre, sobre industrias de interés preferente, y demás disposiciones complementarias,
Este Ministerio ha dispuesto:
Uno.–Declarar la instalación de la fábrica de embutidos de don Vidal Merino Sanz, en La Lastrilla (Segovia) comprendida en la zona de preferente localización industrial agraria de Segovia del Real Decreto 1634/1978 de 13 de enero, por cumplir las condiciones y requisitos exigidos.
Dos.–Otorgar, para la instalación de esta industria, los beneficios de los artículos 3.º y 8.° del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, en las cuantías que determina el grupo «B» de la Orden del Ministerio de Agricultura de 5 de marzo y 6 de abril de 1965 excepto los relativos a expropiación forzosa y reducción de derechos arancelarios, por no haber s:do solicitados.
Tres.–La totalidad de la instalación de referencia quedará comprendida en zona de preferente localización industrial agraria.
Cuatro.–Aprobar el proyecto definitivo con una inversión de trece millones quinientas cuatro mil (13.504.000) pesetas. La subvención será, como máximo, de un millón trescientas cincuenta mil cuatrocientas (1.350.400) pesetas.
Cinco.–Conceder un plazo de dos meses para la iniciación de las obras y de siete meses para la terminación, contados ambos a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 26 de abril de 1979.–P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.
Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.
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