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Documento BOE-A-1979-14108

Real Decreto 1368/1979, de 10 de mayo, por el que se acepta la donación al Estado por el Ayuntamiento del Puerto del Rosario, Fuerteventura (Las Palmas) de un inmueble de 800 metros cuadrados, sito en su término municipal, con destino a la construcción de un edificio para Comisaría del Cuerpo General de Policía.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 1979, páginas 12974 a 12974 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-14108

TEXTO ORIGINAL

Por el Ayuntamiento del Puerto del Rosario, Fuerteventura, ha sido ofrecido al Estado un inmueble de una extensión superficial de ochocientos metros cuadrados, sito en su término municipal, con destino a la construcción de un edificio para Comisaría del Cuerpo General de Policía.

Por el Ministerio del Interior se considera de interés la referida donación.

A propuesta del Ministro de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día diez de mayo de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo primero.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo veinticuatro de la Ley del Patrimonio, se acepta la donación al Estado por el Ayuntamiento del Puerto del Rosario (Las Palmas), de un inmueble de ochocientos metros cuadrados de superficie, sito en el mismo término municipal junto a la carretera que conduce desde el Puerto del Rosario a Oliva, que linda: al Norte, con carretera del Puerto del Rosario a Tetir y la Oliva; al Sur, con solar de don Amadeo Fuentes, hoy de don Francisco Ruperto Perdomo Hernández-, y al Poniente, con calle en proyecto, y al Naciente, con solares de don Miguel Juan Pérez Fajardo.y hermanos.

El inmueble donado se destinará a la construcción de un edificio para Comisaría del Cuerpo General de Policía.

Artículo segundo.

El inmueble mencionado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes del Estado, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por el Ministerio de Hacienda al del Interior, para los servicios de Comisaría del Cuerpo General de Policía, dependientes de este último Departamento. La finalidad de la donación habrá de cumplirse de conformidad con lo dispuesto en la vigente legislación de Régimen Local.

Artículo tercero.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de' cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a diez de mayo de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

JAIME GARCÍA AÑOVEROS

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