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Documento BOE-A-1979-14110

Real Decreto 1370/1979, de 10 de mayo, por el que se deja sin efecto el Real Decreto 978/1977, de 28 de marzo, por el que se donaba al Estado por el Ayuntamiento de Orce (Granada) un solar de 1.600 metros cuadrados para la construcción de una casa-cuartel para la Guardia Civil y se acepta otro solar de 1.791 metros cuadrados, con idéntica finalidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 1979, páginas 12975 a 12975 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-14110

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Orce (Granada) donó al Estado un solar de mil seiscientos metros cuadrados, sito en el, mismo término municipal, con destino a la construcción de una casa-cuartel para la Guardia Civil.

Posteriormente se ha comprobado que la superficie y linderos del solar, inicialmente donado, no coinciden con la realidad por lo que el donante ha formulado una nueva oferta de donación, todo ello a través de la Dirección General de la Guardia Civil.

Por todo lo expuesto, y a propuesta del Ministro de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día diez de mayo de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se deja sin efecto el Real Decreto novecientos setenta y ocho/mil novecientos setenta y siete, de veintiocho de marzo, por el que se donaba al Estado un solar de mil seiscientos metros cuadrados de superficie con destino a la construcción de una casa-cuartel para la Guardia Civil

Artículo 2.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo veinticuatro de la Ley del Patrimonio, se acepta la donación al Estado por el Ayuntamiento de Orce (Granada), de un solar sito en el mismo término municipal, en el barrio de la Tarquina, de mil setecientos noventa y un metros cuadrados, que linda: al Norte y Poniente, con la carretera; al Sur y Levante, con finca de don Francisco Carrión Masegosa.

El inmueble donado se destinará a la construcción de una casa-cuartel para la Guardia Civil.

Artículo 3.

El inmueble mencionado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes del Estado, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por el Ministerio de Hacienda al del Interior, para los servicios de casa cuartel para la Guardia Civil, dependientes de este último Departamento. La finalidad de la donación habrá de cumplirse de conformidad con lo dispuesto en la vigente legislación de Régimen Local.

Artículo 4.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a diez de mayo de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

JAIME GARCIA AÑOVEROS

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