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Documento BOE-A-1979-1445

Orden de 21 de noviembre de 1978 por la que se declara comprendida en zona de preferente localización industrial agraria la instalación de una industria de secado de maíz y cereales, con las actividades de secado y manipulación de productos agrícolas, en Tudela de Duero (Valladolid), promovida por don Florencio Noriega de Pedro.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 1979, páginas 1122 a 1123 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-1445

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General de Industrias Agrarias sobre petición formulada por don Florencio Noriega de Pedro, para proyecto de secado y almacenaje de cereales, instalación de una industria de secado de maíz y cereales, con las actividades de se-cado y manipulación de productos agrícolas, en Tudela de Duero (Valladolid), comprendida en zona de preferente localización industrial agraria, en virtud del Decreto 634/1978, de 13 de enero, para acogerse a sus beneficios establecidos en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 152/1963, de 2 de diciembre, sobré industrias de interés preferente, y demás disposiciones dictadas para su ejecución y desarrollo,

Este Ministerio tía tenido a bien disponer:

Uno. Declarar acogido a los beneficios de zona de preferente localización industriad agraria el proyecto de industria de sonado y almacenaje de cereales, instalación de, una industria de secado de maíz y cereales, con las actividades de secado y manipulación de productos agrícolas, en Tudela de Duero (Valladolid), promovida por don Florencio Noriega de Pedro, incluida en zona de preferente localización industrial agraria por cumplir las condiciones y requisitos señalados en el Decreto 634/1978, de 13 de enero.

Dos. Se le conceden los beneficios del grupo A de la Orden de 5 de marzo de 1965, excepto el de expropiación forzosa, y una subvención del 5 por 100 sobre el presupuesto aprobado, a la totalidad de las actividades de referencia.

Tres. Se aprueba el proyecto por un presupuesto de tres millones trescientas dos mil ochocientas noventa y nueve (3.302.899) pesetas.

Cuatro. La subvención no superará las ciento sesenta y cinco mil ciento cuarenta y cinco (165.145) pesetas.

Cinco. Se concede un plazo de dos meses para la iniciación de las obras y de diez meses para su terminación, contados ambos a partir de la presente publicación.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid. 21 de noviembre de 1978.–P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.

Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.

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