Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-16857

Orden de 11 de junio de 1979 por la que se declara la instalación de la fábrica de embutidos de don José María Gómez Zardoya, en Sotillo del Rincón (Soria), comprendida en zona de preferente localización industrial agraria y se aprueba el proyecto definitivo.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 13 de julio de 1979, páginas 16214 a 16214 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-16857

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta de esa Dirección General de Industrias Agrarias sobre la petición de don José María Gómez Zardoya para instalar una fábrica de embutidos en Sotillo del Rincón (Soria), acogiéndose a los beneficios del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, y de acuerdo con la Ley 152/1963, de 2 de diciembre, sobre industrias de interés preferente y demás disposiciones complementarias,

Este Ministerio ha dispuesto:

Uno.

Declarar la instalación de fábrica de embutidos de don José María Gómez Zardoya, en Sotillo del Rincón (Soria), comprendida en zona de preferente localización industrial agraria, del Real Decreto 1195/1977, de 15 de abril, por cumplir las condiciones y requisitos exigidos.

Dos.

Otorgar para la instalación de esta industria los beneficios de los artículos 3.º y 8.º del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, en las cuantías que determina el grupo «A» de la Orden del Ministerio de Agricultura de 5 de marzo y 6 de abril de 1965, excepto los relativos a expropiación forzosa, reducciones de los impuestos de derechos arancelarios, rentas del capital y libertad de amortización durante el primer quinquenio.

Tres.

La totalidad de la instalación de referencia quedará comprendida en zona de preferente localización industrial agraria

Cuatro.

Aprobar el proyecto definitivo con una inversión de siete millones seiscientas sesenta y tres mil setecientas (7.663.700) pesetas. La subvención será, como máximo, de un millón ciento cuarenta y nueve mil quinientas cincuenta y cinco (1.149.555) pesetas.

Cinco.

Conceder un plazo de un mes para la iniciación de las obras y de siete meses para la terminación, contados ambos a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años

Madrid, 11 de junio de 1979.‒P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.

Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid