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Documento BOE-A-1979-16868

Orden de 26 de junio de 1979 por la que se considera incluido en zona de preferente localización industrial agraria al perfeccionamiento del centro de desmanillado y envasado de plátanos a realizar por la «Cooperativa del Campo Unión Agrícola de Las Palmas», en Gáldar (Las Palmas).

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 13 de julio de 1979, páginas 16217 a 16217 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-16868

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General de Industrias Agrarias sobre petición formulada por la «Cooperativa del Campo Unión Agrícola de Las Palmas» para el perfeccionamiento de su centro de desmanillado y envasado de plátanos en Gáldar (Las Palmas), acogiéndose a los beneficios previstos en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, sobre industrias agrarias de interés preferente, y demás disposiciones dictadas para su ejecución y desarrollo,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Uno. Declarar al perfeccionamiento del centro de desmanillado y envasado de plátanos de referencia, incluido en la actividad: a) manipulación de productos agrarios y mercados en origen de productos agrarios, prevista en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto.

Dos. De los beneficios previstos en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, conceder los solicitados por los interesados en la cuantía establecida en el grupo A de la Orden ministerial de este Departamento de fecha 5 de marzo de 1965 («Boletín Oficial del Estado» del 18), excepto el de expropiación forzosa, que no ha sido solicitado, y los de libertad de amortización durante el primer quinquenio y de reducción del Impuesto sobre las Rentas del Capital, suprimidos, con efectos desde el 1 de enero de 1979, por las Leyes 61/1978, de 27 de diciembre, y 44/1978, de 8 de septiembre.

Tres. Conceder un plazo de ocho meses, contado a partir de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente Resolución, para la presentación del proyecto del perfeccionamiento y de la justificación de disponibilidad del tercio de capital necesario para realizar la inversión.

Cuatro. Señalar unos plazos, de cuatro meses, para la iniciación de las instalaciones, y de doce meses para su finalización, y obtención de la Delegación Provincial de Agricultura de Las Palmas del correspondiente certificado de inscripción en el Registro, contados ambos a partir de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la aprobación del proyecto.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 26 de junio de 1979.—P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.

Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.

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