Visto el expediente incoado en este Centro a instancia de don Bruno Etingue Mesuka en solicitud de que le sea concedida la nacionalidad española por carta de naturaleza, lo dispuesto en el artículo diecinueve del Código civil y cumplidos los trámites y requisitos establecidos, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinte de julio de mil novecientos setenta y nueve,
DISPONGO:
Se concede la nacionalidad española a don Bruno Etingue Mesuka, hijo de Salvador y de Filomena.
La expresada concesión no producirá efectos hasta que el interesado se inscriba como español en el Registro Civil, previas las declaraciones legalmente exigidas, y caducará si se dejan transcurrir ciento ochenta días desde la notificación sin cumplimentar estas condiciones.
Dado en Madrid, a veinte de julio de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
IÑIGO CAVERO LATAILLADE
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