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Documento BOE-A-1979-4613

Orden de 11 de enero de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional, dictada con fecha 16 de junio de 1978, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Bautista Vilar Arias y seis más.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 14 de febrero de 1979, páginas 3962 a 3963 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1979-4613

TEXTO ORIGINAL

Excmos. Sres.: En el recurso contencioso-administrativo seguido en única instancia ante la Sección Tercera de la Audiencia Nacional, entre partes, de una, como demandante, don Bautista Vilar Arias, don Gustavo González Estoa, don Manuel López Román, don Jesús Fernández Vizoso, don Luciano Rodríguez Rodríguez, don Benjamín Díaz López y don Manuel Vázquez López, quienes postulan por sí mismos, y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendidada por el Abogado del Estado, contra resoluciones del Ministerio del Ejército que íes denegaron su petición de que les fuera concedido el complemento de destino por responsabilidad en la función, se ha dictado sentencia con fecha 16 de junio de 1978, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Saturnino Estévez Rodríguez, en nombre y representación de don Bautista Vilar Arias, contra resoluciones del Ministerio del Ejército de siete de noviembre y veintiuno de noviembre de mil novecientos setenta y siete; de don Gustavo González Estoa, contra resoluciones de siete y veintiuno de noviembre de mil novecientos setenta y siete; de don Manuel López Román, contra resoluciones de veintiuno y veintisiete de octubre de mil novecientos setenta y siete; de don Jesús Fernández Vizoso, contra las de tres y veintiuno de noviembre de mil novecientos setenta y siete, de don Luciano Rodríguez Rodríguez, contra las de cuatro y catorce de noviembre de mil novecientos setenta y siete; de don Benjamín Díaz López, contra las de cuatro y veintiuno de noviembre de mil novecientos setenta y siete, y de don Manuel Vázquez López, contra las de cinco de mayo de mil novecientos setenta y siete y cuatro de noviembre de igual año, las que anulamos como contrarias al ordenamiento jurídico, declarando que a los recurrentes asiste el derecho de percibir el complemento de destino por responsabilidad en la función con efectos, para don Bautista Vilar Arias, desde que dejó de percibirlo y para los restantes recurrentes desde su respectiva fecha en que fueron ascendidos a Sargento, condenando a la Administración a que practique la correspondiente liquidación para su abono a los recurrentes de las cantidades que se les resulte en deber, todo ello sin hacer la correspondiente condena en costas.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» número 363), ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a VV. EE. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a VV. EE. muchos años.

Madrid, 11 de enero de 1979.

GUTIERREZ MELLADO

Excmos. Sres. Subsecretario y General Director de Mutilados de Guerra por la Patria.

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