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Documento BOE-A-1979-5822

Orden de 20 de enero de 1979 por la que se dispone la aprobación de tres prototipos de contadores de agua, marca «Zacchi», tipo «TF 50-MG/GF», de 20, 25 y 30 milímetros de calibre y 5, 7 y 10 metros cúbicos/hora, respectivamente, de caudal nominal, de fabricación italiana.

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 24 de febrero de 1979, páginas 4984 a 4985 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-5822

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Vista la petición interesada por «Vapormatra», con domicilio en Vigo, calle Puerto Rico, número 14, en solicitud de aprobación de tres prototipos de contadores de agua, marca «Zacchi», tipo «TF 50-MG/GF», de 20, 25 y 30 milímetros de calibre y 5, 7 y lo metros cúbicos/hora, respectivamente, de caudal nominal, de fabricación italiana,

Esta Presidencia del Gobierno, de acuerdo con lo que determina el Decreto de 12 de julio de 1945 («Boletín Oficial del Estado» del día 16), que establece las normas para la aprobación de sistemas de contadores de agua; Decreto 955/1974, de 28 de marzo, por el que se someten a plazo las autorizaciones de los modelo-tipos de aparatos de pesar y medir, y con el informe emitido por la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia, ha resuelto:

Primero.

Autorizar en favor de la Entidad «Vapormatra», por un plazo de validez que caducará el 31 de diciembre de 1988, los prototipos de contadores de agua, marca «Zacchi», tipo «TF 50-MG/GF», de 20, 25 y 30 milímetros de calibre y 5, 7 y 10 metros cúbicos/hora de caudal nominal, y cuyos precios máximos de venta serán de tres mil ciento veinte (3.120) pesetas, cuatro mil seiscientas ocho (4.608) pesetas y siete mil veinte (7.020) pesetas, respectivamente.

Segundo.

La aprobación de los prototipos anteriores queda supeditada al cumplimiento de todas y cada una de las condiciones de carácter general aprobadas por Orden de la Presidencia del Gobierno de 11 de julio de 1956 («Boletín Oficial del Estado» del día 6 de agosto).

Tercero.

Transcurrido el plazo de validez que se concede, la Entidad interesada, si lo desea, solicitará de la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia prórroga de la autorización de circulación, la cual será propuesta a la Superioridad de acuerdo con los datos, estudios y experiencias realizadas por la propia Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia, la Dirección General de Promoción Industrial y Tecnología o las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria y Energía.

Cuarto.

Los contadores de agua correspondientes a los prototipos a que se refiere esta disposición llevarán inscritos en la esfera la leyenda: «Utilizable entre ± 4° C y ± 40° C».

Quinto.

En el cuerpo de los contadores irán grabados los siguientes datos:

a) El calibre, expresado en milímetros.

b) El número del contador.

c) El gasto nominal, expresado en metros cúbicos por hora.

d) Una flecha, que indique el sentido normal de entrada y salida del contador.

Sexto.

En la cubierta o en una placa unida a ella figurará el nombre y domicilio de la Entidad fabricante o la marca, la designación del modelo o tipo del contador y la, fecha del «Boletín Oficial del Estado» en que se publique la aprobación del prototipo.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 20 de enero de 1979.

OTERO NOVAS

Ilmos. Sres. Presidente de la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia y Director general de Promoción Industrial y Tecnología.

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