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Documento BOE-A-1979-6587

Real Decreto 387/1979, de 2 de febrero, por el que se accede a la reversión solicitada por el Ayuntamiento de Totana (Murcia) de una parcela de 12.390,45 metros cuadrados, que forma parte de otra de mayor cabida, la cual fue donada al Estado con destino a campo de prácticas del Instituto Laboral, por no cumplir los fines para los que fue donada.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 1979, páginas 5525 a 5525 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-6587

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Totana (Murcia) donó al Estado una parcela de doce mil trescientos noventa metros cuarenta y cinco decímetros cuadrados, que forma parte de otra de veintinueve mil cuarenta y tres metros cuadrados, sita en dicho término municipal (Murcia).

La indicada parcela de veintinueve mil cuarenta y tres metros cuadrados, que fue aceptada por escritura pública fecha treinta y uno de diciembre de mil novecientos cincuenta y ocho, fue donada con el fin de construir sobre ella un campo de prácticas del Instituto Laboral. Al no haber sido destinada a dicho fin una porción de la misma, con una superficie de doce mil trescientos noventa metros cuarenta y cinco decímetros cuadrados, el Ministerio de Educación y Ciencia no opone inconveniente a que revierta esta última al patrimonio municipal.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo seiscientos cuarenta y siete del Código Civil, a propuesta del Ministro de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dos de febrero de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se accede a la reversión al Ayuntamiento de Totana (Murcia) de una parcela de doce mil trescientos noventa metros cuarenta y cinco decímetros cuadrados de extensión superficial, situada en dicho término municipal, Diputación de Lebor, partido del Bosque, La Cañada, que linda: Derecha, calle de Magallanes, en proyecto; izquierda, don Pedro José Vidal Cayuela, don David Martínez Cánovas y don Domingo Gea Richi y fondo, ferrocarril y camino a la estación.

Inscrita la finca matriz, de la que se segrega la parcela objeto de reversión, en el Registro de la. Propiedad de Totana, al tomo doscientos noventa y cinco, libro trescientos setenta y dos, folio ciento cincuenta y siete vuelto, finca número veintitrés mil setecientos treinta, inscripción segunda.

Artículo 2.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites conducentes a la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto, siendo de cuenta del Ayuntamiento todos los gastos a que de lugar la reversión y la escritura pública que se otorgue, debiendo hacerse constar en la misma la formal declaración de la Corporación a la que revierte el bien, de que con la entrega y recepción de éste, en la situación de hecho y de derecho en que actualmente se encuentre, considera enteramente satisfechos sus derechos, sin, que tenga que reclamar nada ante él Estado por ningún concepto derivado o relacionado con la donación, conservación y reversión de aquél.

Dado en Madrid a dos de febrero de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

FRANCISCO FERNANDEZ ORDOÑEZ

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