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Documento BOE-A-1979-7088

Real Decreto 408/1979, de 13 de febrero, por el que se modifica el régimen de Tráfico de Perfeccionamiento Activo autorizado a «Ibérica de Electrodomésticos, S. A.», por Decreto 2559/1968, y ampliaciones posteriores en el sentido de rectificar denominación mercancías de exportación.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 1979, páginas 5976 a 5976 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-7088

TEXTO ORIGINAL

La firma «Ibérica de Electrodomésticos, S. A.», beneficiaria del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo por Decretos dos mil quinientos cincuenta y nueve/mil novecientos sesenta y ocho, de diecisiete de octubre de mil novecientos sesenta y ocho («Boletín Oficial del Estado» del veintiséis); mil setecientos treinta y ocho/mil novecientos setenta, de once de junio de mil novecientos setenta («Boletín Oficial del Estado» del veintisiete), y Real Decreto mil seiscientos catorce/mil novecientos setenta y ocho, de doce de mayo de mil novecientos setenta y ocho («Boletín Oficial del Estado» de seis de julio) para la importación de diversas materias primas y piezas, y la exportación de lavadoras superautomáticas, solicita la modificación del aludido régimen, en el sentido de rectificar la denominación de las mercancías de exportación.

La modificación solicitada satisface los fines propuestos en el Decreto mil cuatrocientos noventa y dos/mil novecientos setenta y cinco, de veintiséis de junio, y en las normas reglamentarias dictadas para su aplicación, aprobadas por Orden de veinte de noviembre de mil novecientos setenta y cinco y se han cumplido los requisitos que se establecen en ambas disposiciones.

En su virtud, a propuesta del Ministerio de Comercio y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día trece de febrero de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo único.

Se modifica el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a «Ibérica de Electrodomésticos, S. A.», con domicilio en Madrid, paseo de Calvo Sotelo, dieciséis, por Decreto dos mil quininetos cincuenta y nueve/ mil novecientos sesenta y ocho, de once de octubre de mil novecientos sesenta y ocho, y ampliaciones posteriores, en el sentido de que la denominación de los productos a exportar será:

«Máquinas de lavar ropa, automáticas y superautomáticas, independientemente de su denominación comercial, de peso unitario ochenta y nueve, seiscientos diez kilogramos, y de capacidad unitaria en peso de ropa seca, hasta seis kilogramos (posición estadística 84.40.01)».

Las exportaciones que se hayan efectuado desde el dieciocho de octubre de mil novecientos setenta y ocho también podrán acogerse a los beneficios de los sistemas de reposición y de devolución de derechos derivados de la presente modificación, siempre que se haya hecho constar en la licencia de exportación y en la restante documentación aduanera de despacho, la referencia de estar solicitada y en trámite de resolución. Para estas exportaciones, los plazos para solicitar la importación o devolución, respectivamente, comenzarán a contarse desde la fecha de publicación de este Real Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Se mantienen en toda su integridad tanto la modalidad de fijación de efectos contables como los restantes extremos del Decreto dos mil quinientos cincuenta y nueve/mil novecientos sesenta y ocho, que ahora se modifica.

Dado en Madrid a trece de febrero de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Comercio y Turismo,

JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ

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