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Documento BOE-A-1979-8975

Real Decreto 663/1979, de 9 de marzo, por el que se acepta la donación al Estado por don Juan Ribera Arévalo y su esposa, doña Sacramento Fernández Caballero, de un inmueble de 1.600 metros cuadrados, sito en término municipal de Belmez (Córdoba), con destino a la construcción de una casa-cuartel para la Guardia Civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 31 de marzo de 1979, páginas 7780 a 7780 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-8975

TEXTO ORIGINAL

Por don Juan Ribera Arévalo y su esposa, doña Sacramento Fernández Caballero, ha sido ofrecido al Estado un inmueble de una extensión superficial de mil seiscientos metros cuadrados, sito en término municipal de Belmez (Córdoba), con destino a la construcción de una casa-cuartel para la Guardia Civil.

Por el Ministerio del Interior se considera de interés la referida donación.

A propuesta del Ministro de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día nueve de marzo de mil novecientos setenta y nueve

DISPONGO:

Artículo 1.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo veinticuatro de la Ley del Patrimonio, se acepta la donación al Estado, por don Juan Ribera Arévalo y su esposa, doña Sacramento Fernández Caballero, de un inmueble de mil seiscientos metros cuadrados de superficie, a segregar de otro de mayor cabida, sito en término municipal de Belmez (Córdoba), al paraje denominado Los Remedios, que linda: al Norte, con finca propiedad de don Antonio Durán Orellana; al Sur, con zona de la antigua línea del ferrocarril minero de Peñarroya a Puertollano, actualmente desmontada, paralelo a la carretera CO-440, de Belmez a Hinojosa del Duque, punto kilométrico cero coma seiscientos, por donde tiene su acceso; al Este, con don Antonio Durán Orellana, y Oeste, con finca de la que se segregará.

Figura inscrita la finca matriz en el Registro de la Propiedad al folio ciento setenta y ocho, tomo quinientos ocho, libro ciento diecinueve, finca número ocho mil setecientos quince, inscripción primera.

El inmueble donado se destinará a la construcción de una casa-cuartel para ia Guardia Civil.

Artículo 2.

El inmueble mencionado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes del Estado, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por el Ministerio de Hacienda al del Interior para los Servicios de casa-cuartel para la Guardia Civil dependientes de este último Departamento.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección general del Patrimonio del Estado se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a nueve de marzo de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

FRANCISCO FERNANDEZ ORDOÑEZ

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