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Documento BOE-A-1979-9949

Orden de 26 de marzo de 1979 (rectificada) sobre delegación de facultades en materia de contratación.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 1979, páginas 8545 a 8545 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1979-9949
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/03/26/(9)

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose padecido error en el texto remitido para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Orden de 26 de marzo de 1979, inserta en el número 82, de fecha 5 de abril de 1979, sobre delegación de facultades en materia de contratación, se publica a continuación íntegra y debidamente rectificada.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.° del Real Decreto 582/1978, de 2 de marzo, y el apartado 3.° de la Orden del Ministerio de Defensa de 17 de abril de 1978 y a propuesta del General Director de Apoyo al Personal, vengo en disponer lo siguiente:

Artículo 1.

Las atribuciones en materia de contratación del Estado, desconcentradas a favor del General Director de Apoyo al Personal por el artículo 1.° del Real Decreto 582/1978, de 2 de marzo, quedan delegadas en las siguientes Autoridades, dependientes de la Dirección de Apoyo al Personal, de la Jefatura Superior de Apoyo Logístico del Ejército, tanto para los gastos programados en materias propias de su competencia con cargo a los créditos presupuestarios como para las que les sean asignados específicamente:

– Directores de Hospitales Militares.

– Director del Sanatorio Militar «Generalísimo Franco», de Guadarrama.

– Director del Instituto Farmacéutico del Ejército.

– Director de Laboratorios y Parques de Farmacia Militar.

– Director del Parque Central de Sanidad.

– Director del Parque y Laboratorio Central de Veterinaria.

– Director del Instituto de Medicina Preventiva «Ramón y Cajal».

– Director del Centro Técnico de Intendencia.

– Jefes de Farmacia Militares.

Artículo 2.

La presente delegación de facultades lleva implícita la aprobación de los diversos trámites de los expedientes de contratación, a cuyo fin, las expresadas Autoridades quedan constituidas en Organos directivos de la contratación en relación con los créditos y recursos que se les asignen.

Artículo 3.

No obstante lo dispuesto en los artículos anteriores, el Director de Apoyo al Personal podrá avocar, en todo momento, el despacho y resolución de cualquier asunto o expediente de los comprendidos en los mismos. Igualmente, podrán ser sometidos a su decisión los asuntos que por su importancia o trascendencia, consideren oportuno elevarle los Organos de Contratación Delegados.

Artículo 4.

Los expedientes de contratación en la fecha de entrada en vigor de la presente Orden, tanto en fase de gestión como en la de licitación, quedan comprendidos en la delegación regulada en les artículos anteriores.

Madrid, 26 de marzo de 1979.

GUTIERREZ MELLADO

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/03/1979
  • Fecha de publicación: 11/04/1979
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
  • PUBLICA texto íntegro rectificado del publicado en el BOE núm. 82 de 5 de abril de 1979 (Ref. BOE-A-1979-9341).
Materias
  • Contratación de la Administración Militar
  • Delegación de atribuciones
  • Ejército de Tierra
  • Farmacia Militar
  • Hospitales militares
  • Ministerio de Defensa

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