En el recurso contencioso-administrativo número 445/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «José Sánchez Peñate, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de noviembre de 1990 y 29 de noviembre de 1991, se ha dictado, con fecha 4 de mayo de 1994 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad "José Sánchez Peñate, Sociedad Anónima", contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 29 de noviembre de 1991, confirmatoria en reposición de la de 20 de noviembre de 1990 que dispuso la inscripción de la marca 1.254.311, "JHP", debemos declarar y declaramos que dichas resoluciones son conformes a Derecho; sin imposición de las costas del proceso.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1994.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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