En el recurso contencioso-administrativo número 1705/93, seguido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a instancia de don José Sesma Quintana, contra Resolución de la Dirección General de Administración Penitenciaria desestimatoria sobre reconocimiento y abono de todos los trienios devengados en la función pública con arreglo a la cantidad vigente para el cuerpo de su actual pertenencia, ha recaído sentencia, de fecha 14 de febrero de 1995, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución de no valoración de trienios en la cuantía correspondiente al grupo al que actualmente pertenece el funcionario, debemos declarar y declaramos que dicha resolución es conforme a derecho; sin imposición de las costas del proceso.»
En virtud de lo que antecede este Secretaría de Estado ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 30 de mayo de 1995.-P. D., el Director general de Administración Penitenciaria, Martín Alberto Barciela Rodríguez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.
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