En el recurso de apelación número 10.127/1991, interpuesto ante el Tribunal Supremo, por la representación procesal de don Feliciano García García, contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de fecha 6 de mayo de 1991, dictada en el recurso contencioso-administrativo número 100.217/1990, promovido por el referido apelante contra Resolución de fecha 31 de mayo de 1990, sobre sanción disciplinaria de traslado de residencia; se ha dictado sentencia, en fecha 18 de enero de 1994, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«Fallamos: Declaramos inadmisible el recurso de apelación interpuesto por don Feliciano García García contra la sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de 6 de mayo de 1991, dictada en el recurso 100.217. Sin costas.»
Esta Subsecretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 26 de junio de 1995.-El Subsecretario, Antonio Llardén Carratalá.
Ilmo. Sr. Director general de Recursos Humanos.
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