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Documento BOE-A-1995-27618

Orden de 19 de diciembre de 1995 por la que se concede la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 1995, páginas 36816 a 36818 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-27618
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1995/12/19/(4)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 18 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, establece que los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Cabildos o Consejos Insulares y Comunidades Autónomas que soliciten la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, deberán hacerlo, al menos, con dos meses de antelación al inicio del período impositivo en el que se pretende que comience a surtir efecto.

Finalizado el plazo para efectuar las solicitudes, que surtirán efecto desde el día 1 de enero de 1996, procede resolver las peticiones recibidas.

Por ello, en virtud de lo dispuesto en la Orden de este Ministerio de 10 de junio de 1992, y a propuesta de la Directora general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, acuerdo:

Primero.-Conceder la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, con los límites y condiciones establecidos en la Orden de 10 de junio de 1992, a los siguientes Ayuntamientos:

Alboraia (Valencia).

Cerdanyola del Vallès (Barcelona).

Santiago de Compostela (La Coruña).

Valdés (Asturias).

Segundo.-Conceder la delegación de la inspección mencionada en el número anterior a las siguientes Diputaciones:

Diputación de Castellón

Para los Ayuntamientos de:

Algimia de Almonacid.

Gaibiel.

Oropesa.

Sacañet.

Torreblanca.

Villanueva de Viver.

Diputación de Lleida

Para los Ayuntamientos de:

Alamús, Els.

Cava.

Naves.

Diputación de Segovia

Para los Ayuntamientos de:

Abades.

Adrada de Pirón.

Adrados.

Aguilafuente.

Alconada de Maderuelo.

Aldealcorvo.

Aldealengua de Pedraza.

Aldealengua de la Serrezuela.

Aldeanueva del Codonal.

Aldea Real.

Aldeasoña.

Aldehorno.

Aldehuela del Codonal.

Aldeonte.

Anaya.

Añe.

Arahuetes.

Arcones.

Arevalillo de Cega.

Armuña.

Ayllón.

Barbolla.

Basardilla.

Bercial.

Bercimuel.

Bernardos.

Bernuy de Porreros.

Boceguillas.

Brieva.

Caballar.

Cabañas de Polendos.

Cabezuela.

Calabazas.

Campo de San Pedro.

Cantalejo.

Cantimpalos.

Carbonero de Ahusin.

Carbonero el Mayor.

Carrascal del Río.

Casla.

Castillejo de Mesleón.

Castro de Fuentidueña.

Castrojimeno.

Castroserna de Abajo.

Castroserracín.

Cedillo de la Torre.

Cerezo de Abajo.

Cerezo de Arriba.

Cilleruelo de San Mamés.

Cobos de Fuentidueña.

Coca.

Codorniz.

Collado Hermoso.

Condado de Castilnovo.

Corral de Ayllón.

Cozuelos de Fuentidueña.

Cubillo.

Cuevas de Provanco.

Chañe.

Domingo García.

Donhierro.

Duruelo.

Encinas.

Encinillas.

Escalona del Prado.

Escarabajosa de Cabezas.

Escobar de Polendos.

El Espinar.

Espirdo.

Fresneda de Cuéllar.

Fresno de la Fuente.

Frumales.

Fuente de Santa Cruz.

Fuente Olmo de Fuentidueña.

Fuente Olmo de Iscar.

Fuentepelayo.

Fuentepiñel.

Fuenterrebollo.

Fuentesaúco de Fuentidueña.

Fuentesoto.

Fuentidueña.

Gallegos.

Garcillán.

Gomezserracín.

Grajera.

Honrubia de la Cuesta.

Hontalbilla.

Hontanares de Eresma.

Los Huertos.

Ituero y Lama.

Juarros de Riomoros.

Juarros de Voltoya.

Laguna de Contreras.

Languilla.

Lastras de Cuéllar.

Lastras del Pozo.

La Lastrilla.

La Losa.

Maderuelo.

Marazoleja.

Marazuela.

Martín Miguel.

Martín Muñoz de la Dehesa.

Martín Muñoz de las Posadas.

Marugán.

Matabuena.

Mata de Cuéllar.

La Matilla.

Melque de Cercos.

Membibre de la Hoz.

Migueláñez.

Montejo de Arévalo.

Monte de la Vega de la Serrezuela.

Monterrubio.

Moral de Hornuez.

Mozoncillo.

Muñopedro.

Muñoveros.

Nava de la Asunción.

Navafría.

Navalilla.

Navalmanzano.

Navares de Ayuso.

Navares de Enmedio.

Navares de las Cuevas.

Navas de Oro.

Navas de Riofrío.

Navas de San Antonio.

Nieva.

Olombrada.

Orejana.

Ortigosa del Monte.

Ortigosa del Pestaño.

Otero de Herreros.

Pajareros.

Palazuelos de Eresma.

Pedraza.

Pelayos del Arroyo.

Perosillo.

Pinarejos.

Pinarnegrillo.

Pradales.

Prádena.

Puebla de Pedraza.

Rapariegos.

Rebollo.

Remondo.

Riaguas de San Bartolomé.

Riaza.

Ribota.

Riofrío de Riaza.

Roda de Eresma.

Sacramenia.

Samboal.

San Cristóbal de Cuéllar.

San Cristóbal de la Vega.

San Ildefonso.

San Martín y Mudrián.

San Miguel de Bernuy.

San Pedro de Gaíllos.

Sanchonuño.

Sangarcía.

Santa María de Nieva.

Santa Marta del Cerro.

Santiuste de Pedraza.

Santiuste de San Juan Bautista.

Santo Domingo de Pirón.

Santo Tomé del Puerto.

Sauquillo de Cabezas.

Sebulcor.

Sepúlveda.

Sequera de Fresno.

Sotillo.

Sotosalbos.

Tabanera la Luenga.

Tolocirio.

Torreadrada.

Torrecilla del Pinar.

Torreiglesias.

Torre Val de San Pedro.

Trescasas.

Turégano.

Urueñas.

Valdeprados.

Valdevacas del Montejo.

Valdevacas y Guijar.

Valseca.

Valtiendas.

Valverde del Majano.

Valle de Tabladillo.

Vallelado.

Valleruela de Pedraza.

Valleruela de Sepúlveda.

Veganzones.

Vegas de Matute.

Ventosilla y Tejadilla.

Villacastín.

Villaverde de Iscar.

Villaverde de Montejo.

Villeguillo.

Yanguas de Eresma.

Zarzuela del Monte.

Zarzuela del Pinar.

Diputación de Tarragona

Para los Ayuntamientos de:

Aiguamúrcia.

Alcanar. Alcover.

Aldover.

Aleixar, L'.

Alfara de Carles.

Alforja.

Alió.

Almoster.

Arbolí.

Argentera.

Arnes.

Banyeres del Penedès.

Barberà de la Conca.

Batea.

Bellmunt del Priorat.

Benifallet.

Benissanet.

Bisbal de Falset.

Blancafort.

Borges del Camp.

Bot.

Botarell.

Bráfim.

Cabassers.

Cabra del Camp.

Camarles.

Capafonts.

Capçanes.

Caseres.

Castellvell del Camp.

Catllar, El.

Colldejou.

Conesa.

Constantí.

Corbera d'Ebre.

Cornudella de Montsant.

Creixell.

Deltebre.

Duesaigües.

Espluga de Francolí, L'.

Fatarella, La.

Febró, La.

Falset.

Figuera, La.

Figuerola del Camp.

Flix.

Forés.

Freginals.

Galera, La.

Gandesa.

Garcia.

Garidells, Els.

Ginestar.

Godall.

Gratallops.

Guiamets, Els.

Horta de Sant Joan.

Lloà.

Llorac.

Margalef.

Marçà.

Mas de Barberans.

Masdenverge.

Masó, La.

Maspujols.

Masroig, El.

Milà, El.

Miravet.

Molar, El.

Montblanc.

Montbrió.

Montferri.

Mont-Roig.

Móra d'Ebre.

Móra la Nova.

Morell, El.

Morera de Montsant, La.

Nou de Gaià, La.

Nulles.

Palma d'Ebre, La.

Pallaresos, Els.

Passanant.

Paüls.

Perafort.

Piles, Les.

Pinell de Brai, El.

Pira.

Pla de Santa María.

Pobla de Massaluca, La.

Poboleda.

Pont d'Armentera.

Porrera.

Pradell de la Teixeta.

Prades.

Prat de Compte.

Pratdip.

Puigpelat.

Querol.

Rasquera.

Renau.

Riba, La.

Riba Roja d'Ebre.

Riera de Gaià, La.

Ruidecanyes.

Ruidecols.

Ruidoms.

Rocafort de Queralt.

Rodonyà.

Roquetes.

Rourell, El.

Salomó.

Sant Jaume d'Enveja.

Santa Bárbera.

Santa Coloma de Queralt.

Sarral.

Savallà del Comtat.

Secuita, La.

Selva del Camp, La.

Senan.

Senia, La.

Solivella.

Tivenys.

Tivissa.

Torre de Fontaubella, La.

Torre de l'Espanyol, La.

Torroja del Priorat.

Ulldemolins.

Vallclara.

Vallfogona de Riucorb.

Vallmoll.

Vespella.

Vilabella.

Vilallonga del Camp.

Vilanova d'Escornalbou.

Vilanova de Prades.

Vilaplana.

Vila-Rodona.

Vilaverd.

Vilella Alta, La.

Vilella Baixa, La.

Vilalba dels Arcs.

Vimbodí.

Vinebre.

Vinyols i els Arcs.

Xerta.

Tercero.-La delegación que se concede en los apartados primero y segundo de esta Orden tendrá efectos desde el 1 de enero de 1996.

Cuarto.-Aceptar, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado a) del artículo 6.º de la Orden de 10 de junio de 1992, y con efectos de 1 de enero de 1996, la renuncia presentada por el Ayuntamiento de Prat de Llobregat (Barcelona).

Quinto.-Aceptar, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado a) del artículo 6.º de la Orden de 10 de junio de 1992, y con efectos de 1 de enero de 1996, la renuncia presentada por la Diputación de Córdoba para el Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera.

Madrid, 19 de diciembre de 1995.

SOLBES MIRA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Hacienda e Ilma. Sra. Directora general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/12/1995
  • Fecha de publicación: 23/12/1995
  • Efectos desde el 1 de enero de 1996.
Referencias anteriores
Materias
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Ayuntamientos
  • Delegación de atribuciones
  • Diputaciones Provinciales
  • Impuesto sobre Actividades Económicas

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